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                                                                                                                              ¿Se pueden hacer trasteos durante la cuarentena?

                                                                                                                              El Distrito asegura que sí se pueden realizar trasteos, pero bajo las siguientes condiciones.

                                                                                                                              -Redacción Bogotá -bogota@elespectador.comç

                                                                                                                              Tenga en cuenta que las administraciones de los edificios o conjuntos residenciales no tienen competencia para prohibir la mudanza. / Pixabay

                                                                                                                              Las restricciones en la movilidad, producto de la cuarentena, ha despertado muchas preguntas en los colombianos. Una de ellas es ¿puedo hacer un trasteo mientras dure el aislamiento preventivo obligatorio?

                                                                                                                              La respuesta del Distrito es sí. Aunque en el decreto presidencial que rige la cuarentena no se especifica si se pueden o no hacer mudanzas, esta acción estaría cobijada bajo la excepción de razones de fuerza mayor o caso fortuito.

                                                                                                                              En ese orden de ideas, el trasteo se puede realizar solo si la persona no tiene más opciones de vivienda, teniendo en cuenta que en el momento de cargar, transportar y descargar los elementos se deben implementar las medidas de prevención, como el uso de tapabocas y el distanciamiento social. 

                                                                                                                              Según el Distrito, habría al menos seis escenarios bajo los cuales una familia o persona podría justificar la mudanza: 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              2. Cuando deba vivir con sus seres queridos para poder cuidarlos
                                                                                                                              3. Cuando no existan otras alternativas que le garanticen una vivienda digna
                                                                                                                              4. Cuando ha finalizado el contrato de arrendamiento de domicilios o locales comerciales
                                                                                                                              5. Cuando la actividad de los locales comerciales se suspendió y hay pérdidas para los comerciantes.
                                                                                                                              6. Cuando se llegue a un acuerdo con el arrendador para entregar el inmueble.
                                                                                                                              Bajo estas excepciones, las personas estarían cobijadas para realizar el trasteo. Tenga en cuenta que las administraciones de los edificios o conjuntos residenciales no tienen competencia para prohibir la mudanza.

                                                                                                                              Tampoco se necesita la certificación de alguna autoridad para realizar esta acción. Solo asegúrese de portar documentación que permita a los policías verificar que usted, efectivamente, se encuentra realizando una mudanza por razones de fuerza mayor o caso fortuito. 

                                                                                                                              **Estas semanas, cuando estamos todos en casa para cuidar nuestra salud y la de nuestros familiares, puedes consultar los contenidos de las secciones Nacional y Bogotá sin restricción alguna. Y en medio de esta pandemia, que estamos cubriendo de manera responsable, también puedes ver el especial sobre Coronavirus en el que trabaja toda la redacción de El Espectador minuto a minuto.  

                                                                                                                              Considera adquirir nuestra suscripción digital y apóyanos para seguir apostándole al poder de la palabra. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Si quiere conocer más sobre lo que pasa en Bogotá, lo invitamos a seguir nuestra página en Facebook:

                                                                                                                              Tenga en cuenta que las administraciones de los edificios o conjuntos residenciales no tienen competencia para prohibir la mudanza. / Pixabay

                                                                                                                              Las restricciones en la movilidad, producto de la cuarentena, ha despertado muchas preguntas en los colombianos. Una de ellas es ¿puedo hacer un trasteo mientras dure el aislamiento preventivo obligatorio?

                                                                                                                              La respuesta del Distrito es sí. Aunque en el decreto presidencial que rige la cuarentena no se especifica si se pueden o no hacer mudanzas, esta acción estaría cobijada bajo la excepción de razones de fuerza mayor o caso fortuito.

                                                                                                                              En ese orden de ideas, el trasteo se puede realizar solo si la persona no tiene más opciones de vivienda, teniendo en cuenta que en el momento de cargar, transportar y descargar los elementos se deben implementar las medidas de prevención, como el uso de tapabocas y el distanciamiento social. 

                                                                                                                              Según el Distrito, habría al menos seis escenarios bajo los cuales una familia o persona podría justificar la mudanza: 

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              1. Cuando un comprador deba mudarse a su nueva propiedad por entrega de casa u apartamento
                                                                                                                              2. Cuando deba vivir con sus seres queridos para poder cuidarlos
                                                                                                                              3. Cuando no existan otras alternativas que le garanticen una vivienda digna
                                                                                                                              4. Cuando ha finalizado el contrato de arrendamiento de domicilios o locales comerciales
                                                                                                                              5. Cuando la actividad de los locales comerciales se suspendió y hay pérdidas para los comerciantes.
                                                                                                                              6. Cuando se llegue a un acuerdo con el arrendador para entregar el inmueble.
                                                                                                                              Bajo estas excepciones, las personas estarían cobijadas para realizar el trasteo. Tenga en cuenta que las administraciones de los edificios o conjuntos residenciales no tienen competencia para prohibir la mudanza.

                                                                                                                              Tampoco se necesita la certificación de alguna autoridad para realizar esta acción. Solo asegúrese de portar documentación que permita a los policías verificar que usted, efectivamente, se encuentra realizando una mudanza por razones de fuerza mayor o caso fortuito. 

                                                                                                                              **Estas semanas, cuando estamos todos en casa para cuidar nuestra salud y la de nuestros familiares, puedes consultar los contenidos de las secciones Nacional y Bogotá sin restricción alguna. Y en medio de esta pandemia, que estamos cubriendo de manera responsable, también puedes ver el especial sobre Coronavirus en el que trabaja toda la redacción de El Espectador minuto a minuto.  

                                                                                                                              Considera adquirir nuestra suscripción digital y apóyanos para seguir apostándole al poder de la palabra. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Si quiere conocer más sobre lo que pasa en Bogotá, lo invitamos a seguir nuestra página en Facebook:

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