“Son garantías procesales, no impunidad”: penalista sobre libertad de capturados

Los resultados anunciados por la Policía Metropolitana de Bogotá, en el sentido de que la mayoría de capturados en el sistema TransMilenio quedan libres, son el botón de muestra de las complejidades del sistema penal colombiano. ¿Por qué ocurre esto? ¿Qué se puede hacer para corregirlo?

Camilo Acosta Villada
22 de noviembre de 2022 - 01:15 a. m.
En 2022 se han capturado a 808 presuntos delincuentes, de los cuales al 90 % se les señaló que cometer hurto en TransMilenio.
En 2022 se han capturado a 808 presuntos delincuentes, de los cuales al 90 % se les señaló que cometer hurto en TransMilenio.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

La Policía Metropolitana de Bogotá anunció este lunes los resultados de los operativos de seguridad realizados en TransMilenio este año. En cifras, el comandante de Estaciones de las Paradas de Transporte Masivo, capitán Sebastián Vargas, dijo que se había duplicado el número de capturas en el sistema, en comparación con el año pasado.

Es decir que, en lo corrido de 2022, han detenido a 808 presuntos delincuentes en los buses y estaciones del sistema, de los cuales el 90 % son señalados de cometer hurto en las modalidades de cosquilleo, atraco y raponazo, lo que representa un incremento del 82 % en la operatividad institucional.

Así mismo, Vargas dijo que la tasa de víctimas por cada 100.000 habitantes pasó de 7,2 en 2021 a 4,9 en 2022, a 41 días de terminar el año. O sea, mientras el año pasado asaltaron a siete de cada 100 pasajeros, este año la cifra cayó a casi cinco de cada 100.

En sus palabras, hubo “un aumento del 82 % en capturas en flagrancia y en órdenes judiciales, las cuales han venido siendo materializadas, de acuerdo con los delitos de alto impacto que tenemos en las diferentes troncales y estaciones de TransMilenio”.

Sin embargo, la mancha en este incremento en la operatividad que permitió ese nivel de capturas quedó empañado porque, según las autoridades, la mayoría de las personas capturadas son dejadas en libertad.

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Esta declaración va en sintonía con los ataques que la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, ha hecho contra los jueces de la República, a quienes señaló de pertenecer a la “rama de la impunidad”, luego de señalar que 8 de cado 10 delincuentes es dejado en libertad por los jueces de control de garantías.

Si bien las declaraciones de la mandataria han sido calificadas como irresponsables y hasta fueron rechazadas por los jueces, las cifras inclinan un poco la balanza a favor de su visión. Porque, como lo mostró este diario, el 73,9 % de los detenidos por hurto en Bogotá han quedado libres este año, además de que menos del 15 % de ellos han sido condenados.

Aun así, volviendo a las cifras de TransMilenio, además del incremento en las capturas, la Secretaría de Seguridad de Bogotá muestra que los hechos denunciados por hurto en buses y en estaciones del sistema también subieron, casi en contravía del balance que hace la Policía.

El hurto a personas en los articulados se incrementó en un 107,5 % y el hurto de celulares en un 111,1 % entre enero y septiembre de este año en comparación con el mismo periodo de 2021, al pasar de 2.148 casos a 4.458 y de 1.518 a 3.205, respectivamente.

Así mismo, el robo a personas en estaciones subió en un 49,2 % y de celulares en un 62 % en el mismo periodo de tiempo, pues pasó de 2333 casos a 3482 y de 1710 a 2771, respectivamente.

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No obstante, el tufillo de impunidad que le queda a la ciudadanía cuando conoce que es alto el porcentaje de personas capturadas por robo —uno de los delitos de alto impacto que más preocupa a los bogotanos— que son dejadas en libertad por los jueces, no se quita.

En parte, por la falta de cultura y educación jurídica de los colombianos y, en otra parte, por cómo está diseñada la ley y el procedimiento penal que deben seguir tanto fiscales (los responsables de investigar y acusar), como los jueces (responsables de juzgar y declarar la responsabilidad del acusado).

El Espectador habló con tres abogados penalistas para encontrar luces y respuestas sobre los eternos interrogantes de por qué dejan libres a los presuntos ladrones y cuáles son las circunstancias que propician esa situación. Esto dijeron.

¿Qué pasa cuando un juez toma la decisión de dejar a un ladrón libre?

Ricardo Ordóñez: El juez está obligado a esperar la petición que hace la Fiscalía. Si no hace solicitud de medida de aseguramiento (enviar al ladrón a la cárcel), el juez no puede darla. En Colombia manejamos la justicia rogada, por eso el fiscal debe hacer la petición. Esa solicitud debe tener argumentos, como que haya inferencia de repetición de delitos, de que el capturado fue el que la cometió y que haya peligro para las víctimas. Si la Fiscalía no sustenta esto, difícilmente un juez podrá enviarlo a la cárcel. La gente piensa que la medida de aseguramiento es una condena.

Todos le echan la culpa a los jueces, pero el gran hueco está en la Fiscalía. Los fiscales de las URI (unidad de reacción inmediata) no legalizan bien las capturas y solicitan mal una medida de aseguramiento. En ocasiones, por las cuantías de los hurtos no es proporcional la medida de aseguramiento. Se analiza la proporcionalidad del daño y, dependiendo de la gravedad del delito, esta medida procede o no. ¿Qué sentido tiene meter a la cárcel a alguien que se roba una prenda de vestir o un caldo?

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Francisco Bernate: Lo más importante es decir que el único que no falla es el juez, porque él decide sobre lo que el fiscal le lleve, ¿entonces qué falla? Que no tenemos una forma robusta de investigación. Muchas veces el fiscal tiene que hacer un trabajo de 36 horas para establecer por qué debe ir presa una persona. No tenemos forma de investigar, no tenemos suficientes investigadores. Se ha vuelto un lugar común mandar gente a la cárcel y que eso es suficiente para que alguien sea un peligro para la sociedad, pero ese criterio no es viable.

Gildardo Acosta: El código de procedimiento penal ata a los jueces y fiscales para pedir medidas de aseguramiento, toda vez que la ley le indica a la Fiscalía General de la Nación cuál debe ser el sustento fáctico y jurídico para que un juez de control de garantías profiera media de aseguramiento. De hecho, la reforma de la ley ciudadana implica que si la cuantía del valor que se apropia alguien en un robo no supera los 4 salarios mínimos, podría quedar en libertad. Es de acuerdo al valor de lo hurtado. También según como se capture a esa persona, pues los legisladores (quienes hacen las leyes) indicaron que la medida de aseguramiento debe ser proporcional. Es la ley que los ata para mandar a todo mundo a la cárcel.

¿Qué responsabilidad tienen los fiscales cuando pasa esto?

R.O: Ese es el tema: que no hay seguimiento o no hay una política de la Fiscalía General de la Nación frente a los casos registrados, los directores de las seccionales no hacen seguimiento a los fiscales de esos casos de hurto, entonces cada quien hace lo que se le da la gana en las URI.

F.B: Ninguna, los fiscales trabajan con las herramientas que les dan y con el presupuesto del que disponen. El Congreso (encargado de hacer las leyes) prefieren invertir menos en la justicia y prefieren hacen reformas que no sirven para nada. El país le debe dar importancia a la investigación criminal.

G.A: Los fiscales solicitan enviar a la cárcel a un capturado de acuerdo a la necesidad y proporcionalidad de una medida de aseguramiento. Es la norma la que les indica cuándo es procedente pedir esta medida, porque no a todos los capturados se les enváa a la cárcel.

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¿Se debe corregir algo en el procedimiento penal para evitar que esto ocurra?

R.O: No. El procedimiento está perfecto, se debe corregir es la calidad y cantidad de fiscales para este tipo de casos. Un fiscal local tiene entre 2 mil y 3 mil casos a su cargo, ¿así cómo puede haber justicia? Además, el nivel académico de los fiscales es regular o malo.

F.B: Ninguna de las reformas que se han hecho ha funcionado. Lo que necesitamos es más presupuesto para la rama judicial, invertir más en big data, en más investigadores, porque todas las reformas legales han fracasado.

G.A: No, porque eso es lo que indica el procedimiento penal: los que se apropien de objetos de un valor menor de cuatro salarios mínimos tendría una medida de aseguramiento, pero en cuanto al procedimiento, el fiscal debe sustentar el por qué de la necesidad de enviar a una cárcel a alguien y no depende de la gravedad del delito, sino de la necesidad de enviarlo a la cárcel (para proteger a las víctimas, por riesgo de fuga o por afectar el proceso). Se puede enviar a un capturado a la cárcel si se cumple con ciertos requisitos: si tienen antecedentes, si hiere o casi le causa la muerte a una persona. Si es solamente que hurtó a otro, no es suficiente sustento para decretarla.

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¿Por qué cree que a la gente le queda la sensación de impunidad cuando los dejan libre?

R.O: Porque hay una clara falta de cultura jurídica y los medios de comunicación en lugar de aclarar, ahondan en generar esa sensación de que hay impunidad si dejan libre a un capturado o cuando hay vencimiento de términos. Son garantías procesales, no impunidad. Todos quisieran que se les aplicaran las máximas garantías y penas a los ladrones, pero cuando se aplican la gente entra en esa sensación de que la justicia no opera.

F.B: Porque es así, todos ven como a veces las víctimas se exponen para capturar a un ladrón y luego quedan libres. Todos entendemos que robar no está bien y ven que más rápido sale el ladrón que lo que tarda en denunciar la víctima. Hay sensación de injusticia y eso es muy grave, porque además alienta la justicia por mano propia.

G.A: Hay que aclarar que la libertad de un capturado por hurto no significa que queden desvinculados o absueltos. Tienen que seguir presentándose ante la justicia hasta que haya una sentencia, que puede ser condenatoria. No es que como no se envían a la cárcel, es que sean inocentes. Siguen vinculados, se someten a audiencias, a un juicio o muchos se someten a acuerdo con la Fiscalía para indemnizar a las víctimas luego de aceptar cargos.

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