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La Alcaldía de Bogotá abrió una nueva convocatoria del programa Arrendamiento Temporal Solidario, una estrategia con la que busca apoyar a hogares vulnerables mediante subsidios mensuales para el pago de arriendo. Los beneficiarios podrán recibir hasta $1.085.561 al mes durante seis meses consecutivos, lo que representa una ayuda superior a los $6 millones durante todo el periodo.
La convocatoria estará dirigida exclusivamente a jefes o jefas de hogar mayores de edad, cuyos ingresos no superen un salario mínimo mensual legal vigente, que no sean propietarios de vivienda y que no hayan recibido anteriormente subsidios distritales de vivienda efectivamente aplicados.
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¿Quiénes tendrán prioridad?
La Secretaría Distrital del Hábitat informó que las ayudas estarán enfocadas en hogares pertenecientes a grupos poblacionales con mayores condiciones de vulnerabilidad.
Entre ellos se encuentran mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o en riesgo de feminicidio, víctimas del conflicto armado, personas mayores, recicladores de oficio inscritos en el Registro Único de Recicladores de Oficio (RURO), víctimas de emergencias o desastres ocurridos durante los últimos cinco años y familias pertenecientes a grupos étnicos.
Además, la entidad aplicará criterios de priorización para la asignación de los subsidios. Tendrán ventajas hogares monoparentales, personas cuidadoras vinculadas a las Manzanas del Cuidado, familias con integrantes en condición de discapacidad, jóvenes jefes de hogar entre 18 y 28 años, personas en procesos de reincorporación, integrantes de la comunidad transgénero y hogares relacionados con miembros de la fuerza pública, veteranos o caídos en combate.
¿Cómo inscribirse?
Las inscripciones estarán habilitadas de manera virtual los próximos 10 y 11 de junio de 2026 a través del portal oficial de la Secretaría Distrital del Hábitat.
Los interesados deberán cargar en formato PDF la documentación requerida, entre ella:
- Documento de identidad de los integrantes mayores de edad del hogar.
- Certificados de ingresos o declaraciones juramentadas correspondientes.
- Contrato de arrendamiento vigente.
- Recibos recientes de servicios públicos.
- Fotografías de la vivienda.
- Soportes que acrediten pertenecer a alguno de los grupos priorizados.
- Certificación bancaria del arrendatario.
- Número de matrícula inmobiliaria o CHIP del inmueble arrendado.
Para quienes manifiesten no recibir ingresos, será obligatorio presentar una certificación juramentada expedida con máximo 30 días de antelación.
La Secretaría del Hábitat recomendó reunir toda la documentación antes de la apertura de la convocatoria para evitar inconvenientes durante el proceso de inscripción. Los recursos serán girados directamente a la cuenta bancaria registrada para el pago del arriendo.
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