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La Secretaría de Movilidad anunció este jueves que, de acuerdo con la sentencia de la Corte Constitucional, ya no se podrán realizar comparendos con las evidencias recopiladas por las cámaras de detección automática. De acuerdo con la entidad, debido a esta decisión, los presuntos infractores ahora solo recibirán avisos informativos.
El debate de si se debe sancionar al conductor o al dueño del vehículo en el momento de cometer una infracción es un tema que desde 2019 la Sala Plena de la Corte Constitucional ha tratado, sin embargo, esta determinó que el responsable de las infracciones de tránsito debe ser el conductor y no el propietario del vehículo, lo que dejó en vilo el funcionamiento de las cámaras de detección automática, conocidas en la capital como “cámaras salvavidas”.
A pesar de esto, el pasado lunes 18 mayo comenzaron a funcionar alrededor de 72 cámaras salvavidas en Bogotá, que cuentan con la autorización del Ministerio de Transporte y que buscan captar presuntos infractores en foto o video, para que la Policía de Tránsito tenga evidencia que pueda ayudarles a determinar si se impone o no un comparendo.
No obstante, recientemente la Corte Constitucional emitió una sentencia en la que libera a los dueños de los vehículos de pagar un comparendo realizado con evidencias captadas por estas cámaras. La Secretaría de Movilidad anunció que, si bien las cámaras seguirán funcionando, no se podrán realizar comparendos con las fotos o videos que estas puedan recopilar, al menos mientras la entidad estudia la sentencia de la Corte Constitucional.
>>>Lea: Los desafíos para sancionar al conductor, y no al propietario, cuando se comete una infracción
“Estamos enviando avisos Informativos a los presuntos infractores, mientras estudiamos la sentencia de la Corte Constitucional y avanzamos con base en los lineamientos del Alto Tribunal sobre el sistema de fotodetección”, manifestó la entidad.
La Secretaría también aclaró que desde la semana pasada se suspendieron las órdenes de comparendo. Este jueves, lo que se anunció fue la llegada de avisos informativos a los presuntos infractores, los cuales solo advertirán las posibles infracciones.
Además, la secretaría detalló que, de igual forma, tienen suspendido los términos, por lo que los tiempos también se encuentran congelados. Esto quiere decir que, las personas que tienen ordenes de comparendo, deben comparecer una vez termine la cuarentena.
