Los taxistas que se nieguen a prestar el servicio pueden ser multados con $772.500 pesos, por cada vez que lo hagan. La sanción está prevista en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, que establece una multa equivalente a 45 salarios mínimos legales diarios vigentes.
El comandante de la Policía de Tránsito de Bogotá, Juan Francisco Peláez, anunció que los taxistas que se nieguen a recoger pasajeros serán multados. “Si los taxistas son sorprendidos en flagrancia, cuando un usuario es víctima de esta conducta y logra manifestar su queja, el taxista puede ser sancionado económicamente”, aseguró.
Los usuarios que resulten afectados pueden hacer sus denuncias en la línea 123 o al teléfono 3649400, extensión 2122, que es del Centro de control de Tráfico de la Secretaría de Movilidad.
Allí se tomarán las placas del vehículo, el nombre de la empresa a la que se encuentra afiliado y posteriormente se enviará un oficio a sus directivos para que tomen las medidas correctivas del caso.
Peláez afirmó que la medida atiende a las reclamaciones de los usuarios, con el fin de mejorar la movilidad de ciudadanos y turistas en época de vacaciones.