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                                                                                                                              ¿Tendrá Bogotá dos contralores?

                                                                                                                              Una demanda interpuesta ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tiene en vilo el futuro del actual contralor, Mario Solano, y la elección de su sucesor, programada para febrero.

                                                                                                                              Juan Camilo Maldonado T.

                                                                                                                              Mientras que los 45 concejales del Distrito se preparan por estos días para elegir al futuro contralor de la ciudad, una demanda que reposa hoy en los escritorios de tres conjueces del Tribunal Administrativo de Cundinamarca podría obligar al Concejo de la ciudad a mantener en su cargo al actual contralor, Mario Solano. El pleito judicial que apenas comienza —tanto el contralor como la expresidenta del Concejo, María Victoria Vargas, fueron notificados la semana pasada— promete enrarecer el clima político local y podría causar que, en un momento dado, la ciudad se encuentre en el incómodo escenario de contar con dos contralores.

                                                                                                                              El catalizador de toda esta situación es el abogado valduparense José Ignacio Lacouture Armenta. El pasado 8 de junio de 2011, un mes después de que el Concejo de Bogotá hubiera elegido a Mario Solano como remplazo del hoy detenido excontralor Miguel Ángel Moralesrussi, Lacouture demandó la elección y pidió la suspensión del acta de su nombramiento.

                                                                                                                              ¿Sus razones? Según reza la demanda, conocida por El Espectador, el Concejo actuó fuera de la norma al nombrar a Mario Solano “por el resto del período legal 2008-2011”, cuando en realidad sería su derecho constitucional ser nombrado contralor “por el mismo período del alcalde”, es decir, cuatro años.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En el caso del resto de municipios y departamentos el asunto se resuelve fácilmente, pues la ley 136 de 1994 reglamenta que en este tipo de casos el nuevo contralor deberá ser elegido “por lo que resta del período” de su antecesor. Pero Bogotá es un distrito especial y se rige por el decreto 1421 de 1993. Inexplicablemente, la Ley 617 de 2000 derogó del estatuto orgánico de Bogotá el artículo que precisamente reglaba este asunto, dejando a la ciudad en el limbo jurídico que hoy la tiene en esta situación.

                                                                                                                              Para la concejal María Victoria Vargas, quien presidía el Concejo cuando Mario Solano fue elegido contralor, el asunto no está en discusión. Ante la ausencia de una norma especial para la ciudad, el Concejo debe plegarse —como lo hizo— a la ley 136 de 1994. “Según el artículo 322 de la Carta Política, para Bogotá se aplica primero lo que dice la Constitución, en segundo lugar las normas que se dicten para la capital y, si llega a haber vacíos, entonces las disposiciones vigentes para los municipios”.

                                                                                                                              Pero para otros expertos en la materia, la demanda de Lacouture es viable. Ésta es la posición del conjuez del Consejo Nacional Electoral, Carlos Mario Isaza, quien considera que en la Constitución está consignado que el período de un contralor debe ser “igual al período del alcalde”, es decir, cuatro años. De tal forma que, para Isaza, la ley en la que se amparó el Concejo para elegir a Mario Solano es supletiva y no puede competir con la Carta Política.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              La discusión está ahora en manos de Julieta Rocha Amaya, Nury Stella Vásquez Soto y Javier Mantilla Rojas, conjueces del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, ente que tuvo que instalar una mesa de conjueces, pues fue este mismo tribunal el que propuso a Mario Solano como candidato el año pasado, cuando, por primera vez en su historia, el Concejo tuvo que remplazar a un contralor en funciones al ser éste destituido por la Procuraduría General de la Nación.

                                                                                                                              Pero, mientras los conjueces deliberan, ¿debe el Concejo proseguir con el proceso y elegir, en febrero, al futuro contralor de entre los abogados Diego Ardila, Soraya Vargas y Carlos José Bitar?

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Pero esto, a los ojos del conjuez Isaza, acarrearía graves riesgos para el Distrito, pues implicaría el pago de indemnizaciones a quien resultara elegido. “Es recomendable esperar a que se resuelva el caso y aplazar la elección, para evitar que un fallo favorable al doctor Solano llegue a generar la presencia de dos contralores”, asegura.

                                                                                                                              Consultado por este diario, el actual procurador, Mario Solano, prefirió no pronunciarse, dado que el tema ahora está en los tribunales.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Mientras que los 45 concejales del Distrito se preparan por estos días para elegir al futuro contralor de la ciudad, una demanda que reposa hoy en los escritorios de tres conjueces del Tribunal Administrativo de Cundinamarca podría obligar al Concejo de la ciudad a mantener en su cargo al actual contralor, Mario Solano. El pleito judicial que apenas comienza —tanto el contralor como la expresidenta del Concejo, María Victoria Vargas, fueron notificados la semana pasada— promete enrarecer el clima político local y podría causar que, en un momento dado, la ciudad se encuentre en el incómodo escenario de contar con dos contralores.

                                                                                                                              El catalizador de toda esta situación es el abogado valduparense José Ignacio Lacouture Armenta. El pasado 8 de junio de 2011, un mes después de que el Concejo de Bogotá hubiera elegido a Mario Solano como remplazo del hoy detenido excontralor Miguel Ángel Moralesrussi, Lacouture demandó la elección y pidió la suspensión del acta de su nombramiento.

                                                                                                                              ¿Sus razones? Según reza la demanda, conocida por El Espectador, el Concejo actuó fuera de la norma al nombrar a Mario Solano “por el resto del período legal 2008-2011”, cuando en realidad sería su derecho constitucional ser nombrado contralor “por el mismo período del alcalde”, es decir, cuatro años.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En el caso del resto de municipios y departamentos el asunto se resuelve fácilmente, pues la ley 136 de 1994 reglamenta que en este tipo de casos el nuevo contralor deberá ser elegido “por lo que resta del período” de su antecesor. Pero Bogotá es un distrito especial y se rige por el decreto 1421 de 1993. Inexplicablemente, la Ley 617 de 2000 derogó del estatuto orgánico de Bogotá el artículo que precisamente reglaba este asunto, dejando a la ciudad en el limbo jurídico que hoy la tiene en esta situación.

                                                                                                                              Para la concejal María Victoria Vargas, quien presidía el Concejo cuando Mario Solano fue elegido contralor, el asunto no está en discusión. Ante la ausencia de una norma especial para la ciudad, el Concejo debe plegarse —como lo hizo— a la ley 136 de 1994. “Según el artículo 322 de la Carta Política, para Bogotá se aplica primero lo que dice la Constitución, en segundo lugar las normas que se dicten para la capital y, si llega a haber vacíos, entonces las disposiciones vigentes para los municipios”.

                                                                                                                              Pero para otros expertos en la materia, la demanda de Lacouture es viable. Ésta es la posición del conjuez del Consejo Nacional Electoral, Carlos Mario Isaza, quien considera que en la Constitución está consignado que el período de un contralor debe ser “igual al período del alcalde”, es decir, cuatro años. De tal forma que, para Isaza, la ley en la que se amparó el Concejo para elegir a Mario Solano es supletiva y no puede competir con la Carta Política.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Pero, mientras los conjueces deliberan, ¿debe el Concejo proseguir con el proceso y elegir, en febrero, al futuro contralor de entre los abogados Diego Ardila, Soraya Vargas y Carlos José Bitar?

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Pero esto, a los ojos del conjuez Isaza, acarrearía graves riesgos para el Distrito, pues implicaría el pago de indemnizaciones a quien resultara elegido. “Es recomendable esperar a que se resuelva el caso y aplazar la elección, para evitar que un fallo favorable al doctor Solano llegue a generar la presencia de dos contralores”, asegura.

                                                                                                                              Consultado por este diario, el actual procurador, Mario Solano, prefirió no pronunciarse, dado que el tema ahora está en los tribunales.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Por Juan Camilo Maldonado T.

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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