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Todo lo que debe saber sobre la compra de útiles escolares en Bogotá

La Secretaría de Educación dio algunas recomendaciones a la hora de comprar y entregar los útiles escolares a los colegios. Los padres que detecten alguna irregularidad en lo que piden las instituciones podrán hacer la denuncia.

-Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com

15 de enero de 2019 - 09:40 a. m.
Los estudiantes que no tengan uniforme podrán asistir al colegio / MinEducación
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En los próximos días miles de estudiantes en Bogotá inician sus clases y una de las mayores preocupaciones para los padres es la compra de los útiles escolares teniendo en cuenta que decenas de colegios exigen textos que, en algunos casos, están fuera del presupuesto.

Es por esto que la Secretaría de Educación de Bogotá reiteró que los materiales solicitados deben ser para el desarrollo de las actividades académicas y garantizar el uso de estos. Además, es importante que los padres de familias sepan que no están obligados a entregar el total de los útiles.

La directora de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación, Deyanira Espejo, informó que los planteles no pueden pedir elementos para el funcionamiento del colegio como marcadores, implementos de aseo, resmas de papel, ni ningún otro elemento que no sea para el desarrollo académico del estudiante. Al igual que solicitar marcas específicas.

  Derechos y deberes con los útiles escolares
En este espacio podrá conocer los deberes y derechos que tiene los colegios y los padres de familia con los útiles ecolares.

El concepto de textos incluye los textos impresos y digitales. En el caso de plataformas educativas virtuales, los colegios solo pueden incluir en las listas los cobros por el componente correspondiente a materiales de dotación personal de los estudiantes.

Los materiales solicitados deben ser esenciales para el desarrollo de los programas académicos. Los colegios deben garantizar el uso de todos los materiales solicitados.

Solo se pueden solicitar textos o útiles escolares que estén incluidos en la lista aprobada por el Consejo Directivo del colegio.

La familia no está obligada a adquirir la totalidad de los útiles escolares al inicio del año. Estos pueden ser comprados en la medida en que sean requeridos para el desarrollo de las actividades escolares. Tampoco están en la obligación de entregar los materiales al colegio, a menos que éste pueda custodiarlos y sean para el uso de los estudiantes.

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Tampoco se pueden exigir útiles escolares de marcas o proveedores definidos por el establecimiento educativo. Las familias pueden comprar los materiales de las marcas cuyos costos se ajusten a sus presupuestos.

El colegio debe evitar la solicitud de materiales de dotación que está en obligación de proveer tales como implementos de aseo, marcadores y resmas de papel, entre otros.

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El colegio sólo podrá exigir un uniforme para el uso diario y otro para actividades de educación física. Las características de los uniformes deben estar reglamentadas en el manual de convivencia, el cual es aceptado por las familias en el momento de la matrícula. No se pueden solicitar prendas exclusivas o de marcas definidas para los uniformes. Si por dificultades económicas un estudiante no tiene el uniforme completo, no puede ser sancionado, ni excluido del establecimiento educativo.

 

 

También informó que los textos pueden ser cambiados trascurridos tres años de su adopción y que las renovaciones solo se podrán hacer por razones pedagógicas, es decir, la actualización de conocimientos e informaciones y modificaciones del currículo del plantel.

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Si llega a presentar alguna inconformidad con base a la anterior información puede remitirse a la Oficina de Servicio de la Ciudadanía de la Secretaría de Educación en la Avenida El Dorado No. 66 - 63, en el primer piso; también puede comunicarse a la línea de atención 3241000 opción 7 (quejas y reclamos); al igual en la página web, ingresando aquí.

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Por -Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com

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