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Transporte público con publicidad exterior deberá pagar multa de $132.500

Se prohibió la ubicación de vallas promocionales en buses, busetas, colectivos y taxis.

El Espectador

02 de octubre de 2009 - 04:30 a. m.
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A partir de la fecha ningún vehículo de transporte público podrá ubicar vallas publicitarias, ni letreros promocionales porque se le cobrará una multa de 132.500 pesos. La medida busca no afectar la visibilidad y concentración de conductores y peatones.

Las autoridades municipales y distrital deberán vigilar que la medida se cumpla, igualmente, tienen la potestad de imponer sanciones a quienes no acatan la ley.

Por lo tanto, los Consejos de Gobierno respectivos o la autoridad que haga sus veces en las entidades territoriales indígenas, no podrán expedir nuevos registros que autoricen el porte de este tipo de publicidad en automotores registrados en el servicio público de transporte.

La actual publicidad exterior visual registrada y autorizada hasta la fecha, en vehículos automotores destinados al servicio público de transporte, podrá permanecer instalada hasta el vencimiento de las autorizaciones otorgadas por la autoridad competente.

Las empresas prestadoras del servicio público, deben garantizar que todos los vehículos que conforman su capacidad transportadora ya sean propios o vinculados, porten únicamente los colores y distintivos requeridos para su habilitación y los señalados por las disposiciones legales vigentes según la modalidad de servicio.

Los automóviles autorizados a las empresas prestadoras del servicio público de transporte colectivo de pasajeros por carretera, deberán portar los mismos colores y distintivos registrados como requisito para la habilitación de la misma.

Así mismo, estos vehículos en ningún caso podrán portar los colores y distintivos reglamentariamente dispuestos para los servicios públicos de transporte especial o individual de pasajeros.

Por El Espectador

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