¿Debería permitirse la investigación científica en fetos abortados?

La Corte Constitucional estudia una demanda que permitiría donar órganos y tejidos fetales. Claves para entender esta profunda discusión ética.

Eduardo Díaz Amado*
08 de noviembre de 2018 - 03:00 a. m.
Getty Images
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Una demanda presentada por dos investigadoras de la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública, de la Universidad de los Andes, abrió el debate sobre la posibilidad de donar los órganos y tejidos de fetos abortados.

La Ley vigente sobre esta materia (1805 de 2016) establece que “no pueden ser donados ni utilizados órganos o tejidos de los niños no nacidos abortados”. En criterio de las demandantes, la prohibición vulnera los derechos a la salud, la igualdad y los derechos sexuales y reproductivos. Además, afirman que la expresión “niños no nacidos abortados” es confusa y no tiene correspondencia jurídica ni científica.

La acción judicial argumenta que los tejidos fetales pueden ser usados en investigación científica y para el tratamiento de enfermedades como el cáncer, el párkinson y la diabetes y que, por lo tanto, la prohibición debería ser declarada inexequible.

La verdadera polémica

La Corte Constitucional ya ha pedido el concepto de varias instituciones nacionales e internacionales para que se pronuncien sobre la demanda. Para dar el debate, se deberá empezar por distinguir dos preguntas: (1) si es ético y conveniente usar tejidos de fetos abortados y (2) en qué forma se deberían obtener dichos tejidos. Sobre el primer asunto, es importante mencionar, ante todo, que la investigación científica con fetos abortados permitiría entender cuestiones relacionadas directamente con los propios fetos y buscar una mejor atención médica.

En segundo lugar, como afirma la demanda, los tejidos fetales pueden ser esenciales para el tratamiento de múltiples enfermedades. Sin embargo, habría que preguntar qué tanta investigación científica de este tipo se hace en Colombia. Es común que en Colombia demos discusiones que desatienden nuestras realidades. ¿Tendría sentido que discutiéramos aquí los problemas éticos de la carrera espacial cuando ni siquiera hemos lanzado el primer cohete?

Lo que en realidad ha sido polémico es el segundo asunto: la forma como se pueden obtener los tejidos fetales. Recordemos que la norma demandada hace parte de la Ley de Donación de Órganos, y que allí no se habla de donación para investigación científica. En principio, creemos que la donación de órganos sirve únicamente para que otra persona los utilice en la curación de una enfermedad o en recuperar una función perdida. Pero no hay motivo para que la donación de órganos no sirva también para la investigación científica.

Los colombianos en general no hemos logrado interiorizar el concepto de donación: ese es el problema. No somos un país solidario en ese sentido. Solo quienes han sufrido por sí mismos o tienen familiares que han necesitado órganos o tejidos comprenden la trascendencia de la donación. No es extraño entonces que hablar de donar fetos abortados produzca escozor en algunos sectores de la sociedad. Pregúntese usted: si la vida de uno de sus padres, hermanos o hijos dependiera de la investigación que se hace con tejidos fetales, ¿se opondría tan férreamente a dicha investigación?

Una norma contradictoria

Tras bambalinas, parece que los opositores de la demanda estuvieran debatiendo sobre el aborto mismo. María del Rosario Guerra, senadora del Centro Democrático, que es autora de la norma demandada, afirmó que la prohibición buscaba evitar que se indujera al aborto para vender los tejidos fetales. Pero en el fondo parece que lo inaceptable fuera que el feto haya sido abortado, sin importar si el aborto estaba dentro de las causales legales.

Los detractores de la investigación con fetos abortados parecen querer evitar que se rebaje al feto a “algo” que ya no sirve. En otras épocas, la investigación anatómica se hacía en cadáveres de criminales ejecutados, que eran percibidos como personas sin valor o manchadas y que, por lo tanto, podían ser usadas como medios. Algunos denuncian que la investigación científica y cosmética en animales no humanos tiene un fundamento similar: que no se los reconoce como sujetos dignos ni como fines, sino como objetos a nuestra disposición.

Esa mentalidad de que alguien “ya no sirve” y que, por lo tanto, puede ser usado como un medio es inaceptable y es lo que podría hacer que muchos rechacen la investigación con fetos abortados. Justamente por eso es importante distinguir, como lo dije al principio, entre la pregunta por la conveniencia de la investigación en fetos abortados y la pregunta por la forma en que se obtengan esos fetos.

No se puede argumentar que donar los órganos y tejidos de fetos abortados es inconveniente porque se les podría dar un mal uso. ¿Tenemos que legislar sobre la base de las tendencias malas o destructivas de los seres humanos? ¿Hay que prohibir cualquier cosa que conlleve el riesgo de un mal uso o un abuso? En este caso, ¿no sería paradójico permitir que una mujer decida la terminación de su embarazo bajo unas causales determinadas, pero prohibirle decidir si el feto puede ser usado con fines científicos?

¿Qué sigue?

Urge contar con una Comisión Nacional de Bioética, que ya fue creada con la Ley 1374 de 2010, pero que apenas está en camino de conformarse. Una de las tareas de dicha comisión será proponer salidas y asesorar al Gobierno en debates como este.

La Corte Constitucional debe considerar que no se trata de un debate sobre los posibles abusos de la investigación científica, pues ese es un riesgo que no es exclusivo de la investigación con fetos. La importancia y utilidad científica de los órganos y tejidos fetales no puede seguir siendo ignorada. La Corte debe comprender esta importancia y permitir su donación, cumpliendo con ciertas condiciones. Sin embargo, el argumento no puede ser que sin poder utilizar fetos abortados la investigación científica se paraliza, pues esa no es la realidad de nuestro país.

* Profesor de la Universidad Javeriana y analista de Razón Pública.

Esta publicación es posible gracias a una alianza entre El Espectador y Razón Pública. Lea el artículo original aquí. 

Por Eduardo Díaz Amado*

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