ExFARC piden a JEP no incluir delito de esclavitud en la sentencia sobre secuestro

Ese fue una de las 12 solicitudes que le dio el equipo de defensa a la Jurisdicción Especial para la Paz dentro de la audiencia de observación de la resolución de conclusiones por ese macrocaso. Dicha resolución, que cobija a los miembros del antiguo secretariado de la extinta guerrilla contiene, entre otras, las imputaciones de delitos contra los exjefes del grupo armado y las sanciones que deberán cumplir. El martes hubo ese misma audiencia pero con las víctimas, quienes también pidieron a la JEP mayor reconocimiento de verdad por parte de los comparecientes.

Cindy A. Morales Castillo
06 de julio de 2023 - 11:02 p. m.
La audiencia de observación de la resolución de conclusiones en el macrocaso sobre secuestro fue presidida por el magistrado Camilo Suárez.
La audiencia de observación de la resolución de conclusiones en el macrocaso sobre secuestro fue presidida por el magistrado Camilo Suárez.
Foto: Cortesía: Jurisdicción Especial para la Paz

Esta semana en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se realizaron las audiencias de observación sobre la propuesta de sanciones que deberá imponer esa justicia transicional en el caso que lleva contra el antiguo secretariado de las FARC por más de 20.000 secuestros cometidos durante el conflicto armado.

Esa propuesta de sanciones está contenida en la resolución de conclusiones que se conoció el 25 de noviembre de 2022 por la JEP y en la que también están los delitos que ese tribunal le imputó a los siete exjefes de las FARC y el reconocimiento por parte de la JEP de que los miembros del secretariado aportaron verdad en el proceso que llevó esa justicia, participaron en las entregas voluntarias de testimonios realizadas y aceptaron su responsabilidad en los hechos.

Esa resolución -que está siendo estudiado por el Tribunal de Paz, encargado de dictar las sanciones- cobija a Rodrigo Londoño (Timochenko); Jaime Alberto Parra (Mauricio Jaramillo), Milton de Jesús Toncel (Joaquín Gómez), Pablo Catatumbo Torres, Pastor Alape, Julián Gallo (Carlos Antonio Lozada) y a Rodrigo Granda.

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Se espera que las primeras sanciones propias, uno de los tres tipos de sanciones que puede imponer la JEP (las otras dos son las penas alternativas y las ordinarias), se conozcan a finales de este año.

Por eso era tan importante surtir estas audiencias de observaciones donde tanto víctimas como comparecientes podrían dar sus análisis y advertencias sobre el aporte de verdad, las sanciones, entre otras.

Lo que dijo la defensa de los miembros del antiguo secretariado de las FARC

La audiencia del jueves tuvo ocho intervenciones del equipo de defensa de los exjefes de las FARC. El primero en intervenir fue el abogado Camilo Fagua, quien afirmó que a los comparecientes esperan es una única resolución de conclusiones dentro de macrocaso 01.

“No se espera que la Jurisdicción deba esperar a la conclusión de todos las etapas procesales en la totalidad de los macrocasos donde se examina la presunta responsabilidad de una persona para poder expedir su primera resolución de conclusiones. La defensa está de acuerdo en que con esto se generaría la parálisis del sistema de justicia y se violentaría el deber del Estado de garantizar a las víctimas un recurso judicial efectivo y el deber en cabeza de la JEP de investigar, juzgar y sancionar especialmente a los máximos responsables de los crímenes más graves y representativos cometidos en el curso del conflicto armado interno colombiano; en dicho sentido”, dijo.

Y agregó: “Lo que si resultaría satisfactorio para los intereses de los comparecientes, en observancia de los criterios de legalidad, debido proceso, favorabilidad e integralidad, entre otros, es que se emitiera una única resolución de conclusiones dentro del caso 01 al momento de la culminación de la metodología de investigación y juzgamiento dispuesta para dichos fines, la misma debería incluir entonces a todos aquellos quienes serán determinados como responsables, permitiendo la unificación de criterios, niveles de responsabilidad y la creación de una narrativa macrocriminal unificada”.

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La intervención más larga y más duro se dio al final de la audiencia y estuvo a cargo de la abogada Beatriz del Pilar Cuervo, quien expuso algunas observaciones de la defensa de los comparecientes con respecto a la resolución de conclusiones y dijo que la imputación hecha por la JEP “no cumple con los elementos del conflicto armado”.

Cuervo habló por ejemplo del crimen de esclavitud, un debate largo que aparece en la resolución de conclusiones. Hay una discrepancia entre víctimas, organizaciones, el sistema de defensa y otros entes, en que lo que se presentó durante el conflicto armado fue trabajo forzado, especialmente en los casos de los secuestrados. Para otros, esos trabajos fueron esclavitud. Según la abogada, “la existencia de trabajo forzado no configura esclavitud” y que influyen otros factores como le objetivo de los trabajos, tratos, consecutividad de los mismos.

Cuervo, además, hizo una serie de recomendaciones de cara a la resolución de conclusiones:

1. Confirmar que se hizo un reconocimiento de responsabilidad por parte de los comparecientes.

2. Confirmar y ratificar las sanciones propias contenidos en la resolución de conclusiones.

3. Desarrollar una postura definitiva que contemple la totalidad de los debates al interior de la Corte Constitucional, la Sala de Reconocimiento de la JEP y lo establecido en el Acuerdo de Paz en el sentido de emitir una sola resolución de conclusiones y una sola sentencia por macrocaso para el universo del personal imputado.

4. Considerar de manera amplia y extensiva los diversos momentos en que la defensa se ha pronunciado respecto del macrocaso para que sean tenidos en cuenta al momento de la valoración.

5. Evaluar el ejercicio de contrastación solicitado por el abogado Orlando Bernal, especialmente por la falta de valoración probatoria a partir de criterios críticos y que sean valorados con el mismo los diferentes los aspectos probatorios.

6. Aclarar la calificación jurídica que hizo la Sala de Reconocimiento de la JEP en el sentido de aplicar la normatividad vigente y la más favorable al momento de la realización de las conductas, activando el principio pro hominem en favor de los comparecientes, así como el principio de legalidad, seguridad jurídica; y que se aplique el principio de la ley especial deroga la ley general para dar paso a la aplicación del DIH y del Código Penal colombiano.

7. Aclarar la calificación jurídica en relación con los crímenes de lesa humanidad, ya que los hechos reconocidos por los comparecientes ocurrieron durante, con ocasión y en relación con el conflicto armado.

8. Que no se incorpore el crimen de lesa humanidad de esclavitud en la sentencia final ya que no se cumplen los elementos ni subjetivos ni objetivos de esta conducta y se haga la valoración correspondiente de los hechos reconocidos como trabajos forzados en concordancia con la normatividad interna y concretamente con los tipos del Código Penal y del DIH.

9. Como quiera que el Acuerdo suscrito entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP se firmó para terminar el conflicto armado y lograr la construcción de una paz estable y duradera, es fundamental incorporar -y así lo considera la defensa- las causas del conflicto, el contexto en que se desarrolló y explicar -no justificar- las razones de este dentro del marco del delito político que quedó consagrado como principio en el artículo 8 de la ley 1820. Igualmente, que cualquier valoración que se haga, se haga teniendo en cuenta este aspecto del delito político.

10. Verificar el cumplimiento de los criterios de atribución de responsabilidad de los crímenes reconocidos por los comparecientes dentro del conflicto armado y de acuerdo con los parámetros fijados en el artículo 67 de la ley estatutaria, tanto individual como colectivamente.

11. En relación con el componente de justicia restaurativa, hacer las aclaraciones de estos dos aspectos conforme a la normatividad que desarrolla el Acuerdo de Paz.

12. En general, la defensa solicita muy respetuosamente hacer un estudio de las observaciones presentadas en este escrito, ratificando nuevamente el reconocimiento de los hechos y conductas realizados por parte de los comparecientes, así como su responsabilidad.

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Por su parte, la abogada Ana María Toncel, se refirió a los pedidos puntuales de las víctimas sobre mayor reconocimiento de responsabilidad y mayor verdad sobre los hechos. Sobre ello indicó que la “percepción de las víctimas” sobre ambos temas, está mediada por dos factores. “El primero de ellos como reflejo en las dificultades de recolección de información gestadas por varias situaciones durante y después del conflicto, entre las que se encuentran la ausencia de fuentes humanas vivas y que lastimosamente impiden dar respuestas exactas a las distintas demandas individuales de verdad, lo que a veces se toma como una justificación, pero que obedece a una desafortunada realidad como elemento de aporte de verdad”, indicó.

Y sobre el tema de entrega de verdad, afirmó que hay un desconocimiento generalizado que se evidencia entre otras, en “la falta de claridad sobre las características de Los diferentes momentos procesales” y el “carácter de investigación macrocriminal de la jurisdicción que impide centrarse pese a los derechos de las víctimas a la verdad, al esclarecimiento del hecho a hecho”.

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Según Toncel, “la falta de entrega efectiva de la información a las víctimas acreditadas genera, sin lugar a dudas, una incomprensión respecto de lo que se ha aportado en muchos de los casos, teniendo, en no pocas oportunidades, que reiterar la defensa en audiencias, lo que ya se ha dicho, de manera oral o escrita en otros momentos. Por ello, aprovechamos este espacio que no deja de ser un escenario dialógico y de construcción, para llamar la atención a las partes que forman este proceso de reconocimiento de manera tal que - la representación de víctimas le entregue a sus representados la información que nosotros hemos aportado por años y que, a partir de allí, ahonden en la búsqueda de la verdad”.

Sobre cómo puede este proceso ser restaurativo para las víctimas, la abogada defensora indicó que los exjefes de las FARC han conocido de primera mano las consecuencias de sus actuaciones. “Los comparecientes han brindado reflexiones sobre cómo valoran hoy en día lo sucedido, al tiempo que se expresan de manera empática, condenan la gravedad de los hechos imputados y los reconocen como graves crímenes que causaron afectaciones en las víctimas, hechos y daños que ellos mismos afirman nunca debieron tener lugar”.

Durante la audiencia del martes de las víctimas, uno de los pedidos fue que los TOAR (Trabajos, Obras, Actividades con contenido reparador y restaurador), así como las sanciones propias estén relacionadas con el delito cometido. “Solicitamos a la Sección, que en el marco del establecimiento de las sanciones propias, se evalúe la pertinencia y la relación intrínseca de las mismas con la afectación sufrida por las víctimas dentro de cado”, dijo el representante de víctimas Andrés Felipe Gutiérrez.

Por ahora la JEP aprobó en esa resolución de conclusiones cuatro de una lista proyectos restaurativos-reparadores presentados por los comparecientes. Se trata de trabajos de desminado humanitario, búsqueda de personas dadas por desaparecidas, restauración ambiental del páramo de Sumapaz, y actividades transversales de dignificación de la memoria de las víctimas.

Sobre este tema, el abogado de la defensa Felipe León Moreno, indicó que esas propuestas restaurativas cuentan con un componente transversal de memoria, un mecanismo de consulta a víctimas, y un acápite de enfoques diferenciales.

Debo reiterar que este proyecto restaurativo representa una oportunidad única para transformar las afectaciones de la guerra, reconociendo, reafirmando, respaldando, a las víctimas como seres humanos con derechos y generando condiciones para su reparación y restauración. Promueve un modelo de justicia transicional que impacta no solo a las víctimas individuales, sino también a las comunidades y al tejido social”, dijo.

Según León, se han presentado 198 solicitudes de TOAR anticipados (una figura que le permite a los exFARC que están en la JEP hacer trabajos que cuenten como descuento en las sanciones y que ayudan a la reparación de las víctimas), pero que no han contado con el apoya estatal. León advirtió que el equipo de defensa está atento a cómo se valorarán esos proyectos de cara a las sanciones propias.

“A pesar de estos enormes esfuerzos, prácticamente carentes de apoyo y financiación estatal de los gobiernos nacional y territoriales, continúa pendiente la valoración de los TOAR anticipados y sus efectos en la dosificación sanción por parte 4 de esta Sección. Es importante saber cómo se valorarán las actividades realizadas, cuáles serán los criterios y los descuentos efectivos, ya que constituye una manifestación del derecho al debido proceso. Esto resulta urgente en el momento que atraviesa la Jurisdicción”, indicó.

Al finalizar la sesión, el magistrado Suárez -quien presidió la sesión- afirmó que la sala había tomado atenta nota a la intervención de la defensa y que el siguiente paso es la decisión de correspondencia, que se tomará su tiempo conforme a lo que la ley establece, para tomar la decisión y se pronunciará sobre las solicitudes.

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Las observaciones y reclamos de las víctimas

La primera audiencia se llevó a cabo el martes 4 de julio y en ella se escucharon los reclamos de las víctimas sobre esa resolución de conclusiones. “Queremos contribuir a través de la justicia, a reparar los derechos de las víctimas, a precisar responsabilidades con el propósito fundamental, que este fenómeno (el secuestro) no vuelva a acontecer”, dijo en la apertura de esa sesión el magistrado Suárez.

La mayor exigencia de las víctimas fue la de un mayor aporte verdad de parte de los comparecientes y se cuestionó por qué solo se imputó a lo siete miembros del último secretariado que tuvieron las FARC y no a las 31 personas que hicieron parte de lo que se denominó Estado Mayor Central de esa extinta guerrilla.

Sobre el tema de verdad, Jorge Almanza, abogado del Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), que representa 660 víctimas de ese caso, dijo: “La inmensa documentación de demandas de verdad que presentamos no han tenido respuesta, ni se ha comprobado algún liderazgo para aportar a la verdad”.

“Los comandantes tienen que reconocer que afectaron el proyecto de vida de las víctimas. Reconocer que se afecta el proyecto de vida es el primer paso para la restauración, la familia Urrea pide, que en un acto público, se les pida perdón”, dijo Pedro Carranza, otro representante de víctimas.

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En el mismo sentido se pronunció Sergio Alzate, otro de los representantes de víctimas, quien afirmó que no se entiende por qué se “insiste en una reparación colectiva y no en una individual”. “No reconocen hechos específicos, la modalidad de la comisión, no reconocen la finalidad, objetivos, propósitos de los hechos, ni la perversidad de su propio actuar, sino que lo justifican con que fueron obligados a actuar”, dijo.

En la audiencia también intervinieron víctimas como Benjamín Herrera, quien estuvo secuestrado por esa guerrilla entre diciembre de 2002 a febrero de 2003. Herrera trabajaba con el entonces presidente de la Comisión de Paz de la Cámara de Representantes Diego Turbay Corte.

Durante su intervención, Herrera afirmó que las FARC fraguaron una persecución en su contra -específicamente el frente 48- y dijo que la resolución de conclusiones no incluye las alianzas que ese grupo armado tuvo con militares y políticos. “Pido que se investigue de manera concreta y con certeza las alianzas con los otros actores como militares y políticas que no han estado presentes dentro de la resolución de conclusiones, como tampoco la actuación del señor (Luis Fernando) Almario (excongresista acusado de desarrollar un plan con el Bloque sur de las antiguas Farc desarrollaron un plan criminal para apropiarse del poder político en Caquetá.) con el secretariado de las FARC y con alias ‘Fabián Ramírez Cabrera”, afirmó.

“A los comparecientes: Queremos la verdad, no verdades a medias. Para poder, todas las víctimas, cerrar ese ciclo y darles cristiana sepultura a nuestros seres queridos”, dijo por su parte Yanet Sánchez, víctima en acreditada en ese macrocaso.

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Los representantes también se refirieron a la búsqueda de personas desaparecidos. Para las víctimas y sus representantes no se ha aportado suficiente verdad y datos relevantes sobre la ubicación de estas personas que desaparecieron cuando estaban en poder de ese grupo armado. “Pastor Alape reconoce que sí hubo secuestro como crimen de guerra en contra de miembros de Fuerza Pública (...) lo que no hizo Alape fue decirnos dónde están las personas desaparecidas”, afirmó Antonio José Ochoa.

La representante de la corporación Mil Víctimas, Giovanna Ortega Ávalos, le pidió a la JEP que envié a la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP el caso del crimen de esclavitud, que no fue reconocido por los miembros del antiguo secretariado. Si ese proceso llegara a pasar a esa sección y se llegara a probar que sí se cometió ese delito, las penas podrían ser más severas.

Cindy A. Morales Castillo

Por Cindy A. Morales Castillo

Periodista con posgrado en Estudios Internacionales. Actualmente es la editora de Colombia+20 de El Espectador y docente de Narrativas Digitales de la Universidad Javeriana.@cinmoralejacmorales@elespectador.com

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arturo(6208)07 de julio de 2023 - 12:12 a. m.
La jep= impunidad los asesinos de las farc. Ku Rea solo se preocupan por condenar al estado y los violadores de niños y asesinos de mujeres embarazadas están libres en el congreso excelente
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