Colombia + 20
Haciendo País

JEP aceptó a Salvador Arana, exgobernador de Sucre

El también embajador de Colombia en Chile entre 2002 y 2004 fue procesado por la Corte Suprema de Justicia por la desaparición forzada y homicidio de Eudaldo León Díaz, exalcalde de Roble (Sucre). Ya ha pagado 10 de los 40 años de su condena.

Colombia en Transición
14 de febrero de 2020 - 10:03 p. m.
Salvador Arana Sus fue condenado 40 años de prisión en la justicia ordinaria. / Fiscalía General
Salvador Arana Sus fue condenado 40 años de prisión en la justicia ordinaria. / Fiscalía General

Un nuevo político entrará a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): Salvador Arana, exgobernador de Sucre y embajador de Colombia en Chile, quien fue condenado en la justicia ordinaria a 40 años de cárcel. La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, a través de la resolución 000722 de 2020, aceptó su solicitud de sometimiento como agente de Estado diferente a miembro de la fuerza pública. Sin embargo, esta justicia le negó el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada.

Arana, quien ya cumple 10 años de condena, fue procesado por la Corte Suprema de Justicia por la desaparición forzada y homicidio de Eudaldo León Díaz, exalcalde de Roble (Sucre), concierto para delinquir agravado por colaborar con el Bloque Montes de María de las Atodefensas Unidas de Colombia (AUC), y peculado por apropiación y falsedad ideológica por desviar fondos de las regalías del departamento de Sucre a grupos armados al margen de la ley.

(En contexto: Condenan a 40 años de cárcel a Salvador Arana)

Si bien Arana tiene las puertas abiertas de la JEP, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas consideró que su propuesta de verdad y reparación debe ser ajustada y concreta. “Una propuesta muy general y sin observar los aspectos advertidos al ser ejecutada podría resultar revictimizadora por la naturaleza de las violaciones a los derechos humanos y al DIH ocurridas”, determinó la resolución.

Ahora el político deberá organizar el compromiso concreto, programado y claro, de acuerdo con las indicaciones y parámetros establecidos por la Sala, para que sea entregado en un plazo de diez días hábiles.

Ahora el político deberá organizar el compromiso concreto, programado y claro, de acuerdo con las indicaciones y parámetros establecidos por la Sala, para que sea entregado en un plazo de diez días hábiles. En su primer compromiso, dijo que aportará información “fiel, veraz y comprobable acerca de la realidad socio-política, económica y militar del conflicto, específicamente con el fenómeno del paramilitarismo que se tomó ‘la política sucreña’, en algunos casos con amenazas y otros con complacencia y complicidad de muchos líderes de la región”, reza el auto.

Indicó, además, que puede ofrecer información desconocida sobre el manejo de las alcaldías del Golfo de Morrosquillo, “en relación con la administración de regalías y que, desde su condición de médico, especialista en gerencia de salud, puede aportar información acerca de la manera cómo las organizaciones paramilitares infiltraron el sistema público de salud, con el fin de extraer recursos para financiar su campaña militar y política”.

Incluso también se refirió a que hay circunstancias y condiciones del asesinato del exalcalde Edualdo Díaz que todavía la justicia ordinaria desconoce y que él revelará.   

Sobre las víctimas y su reparación, Arana aseguró que, por haber estado privado de la libertad durante diez años, “no podría ofrecer para reparar inmaterialmente a las víctimas del conflicto ‘son despreciables’, pero se comprometió a ejecutar los proyectos, buscar su financiamiento”.

Habló de contribuir en la formación de gestores de derechos sexuales y reproductivos para la prevención de embarazos en adolescentes, un programa que, para él, tiene relación cn el marco del plan de desarrollo regional de Sucre. También mencionó el apoyo para el establecimiento de cinco hectáreas de ajonjolí para la generación de empleo y seguridad alimentaria con familias víctima restituidas, y el acompañamiento en el diseño y evaluación de un prestado primario de base comunitaria en atención integral en salud a las víctimas de conflicto armado en población rural.

Finalmente, la JEP le pidió la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) contactar a las víctimas del político para que entren a la Jurisdicción en calidad de interviniente en el proceso y explicarles que pueden tener un abogado del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD). 

(Le puede interesar: Corte Suprema dejó en firme condena contra Salvador Arana por peculado)

Cabe recordar que un tercero no combatiente es la persona que no hizo parte de una organización o grupo armado, pero que contribuyó a la comisión de conductas relacionadas con el conflicto armado.

Por Colombia en Transición

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar