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JEP deja en firme orden de captura de ‘El Paisa’

Los magistrados de la Sala de Reconocimiento acogieron las sugerencias de la Procuraduría y revocaron la suspensión de las órdenes de captura que Velásquez Saldarriaga recibió cuando se firmó el Acuerdo de Paz.

Colombia en Transición
15 de mayo de 2019 - 03:45 p. m.
Cortesía JEP
Cortesía JEP

“La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas es plenamente competente para ordenar la captura de Hernán Darío Velásquez Saldarriaga”. Con esta afirmación, los magistrados de la JEP dejaron en firme la orden de captura en contra de ‘El Paisa’ por incumplimiento con sus deberes ante esta jurisdicción.

Los magistrados de la JEP, además, atendieron el recurso de reposición de la Procuraduría, entidad que en la segunda parte de la audiencia le pidió a la Sala de Reconocimiento aclarar o modificar algunas de las decisiones de su fallo, en el que se le quitaba el beneficio de la libertad condicional y condicionada a Velásquez Saldarriaga.

Por un lado, los togados decidieron acoger la sugerencia de la procuradora delegada, Mónica Cifuentes, quien hace dos semanas aseguró que no queda establecido en el fallo que la libertad de ‘El Paisa’ también fue resultado de la suspensión de las órdenes de captura que dio el Fiscal General de la Nación, a partir de lo acordado entre el Estado colombiano y la extinta guerrilla de las Farc.

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En ese sentido, atendiendo la solicitud de la Procuraduría, además de confirmar la revocatoria del beneficio de la libertad condicional y condicionada, la Sala revocó  la suspensión de las órdenes de captura que Velásquez Saldarriaga recibió cuando se firmó el Acuerdo de Paz. Esta decisión, reiteraron, será comunicada a la Policía Nacional, a la Interpol, a la Fiscalía General de la Nación y al Consejo Superior de la Judicatura. Actualmente, el excomandante de la columna móvil Teófilo Forero tiene 28 órdenes de captura en su contra.

Además, por sugerencia del Ministerio Público, se dejará claro en la sentencia que no se trata de una nueva orden de captura, sino la materialización de las órdenes emitidas anteriormente por la justicia ordinaria. Eso sí, la JEP reiteró que una vez se haga efectiva, Velásquez Saldarriaga debe ser puesto a disposición de la Sala de Reconocimiento, teniendo en cuenta que “es su juez natural”.

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Finalmente, para la procuradora delegada, también existía un vacío en el fallo de la JEP sobre el incumplimiento de ‘El Paisa’ con respecto a la pérdida del beneficio de ser elegible a las sanciones propias. Al respecto, los magistrados de la JEP explicaron que en estos momentos Velásquez Saldarriaga no podrá acceder a este beneficio y, como consecuencia de ello, deberá enfrentarse a una pena de, al menos, entre 5 y 8 años de cárcel.

Sin embargo, la magistrada Catalina Díaz explicó que está decisión puede revaluarse si ‘El Paisa’ cumple con ciertos requisitos, como presentarse ante la JEP y ofrecer una verdad plena y exhaustiva, antes de que la Sala convoque a la audiencia publica de reconocimiento de verdad por el caso 001, sobre secuestros por parte de exmiembros de las Farc.

Finalmente, los magistrados le concedieron el recurso de apelación interpuesto en audiencia por William Acosta, abogado de Velásquez Saldarriaga. La defensa, según la Sala, podrá sustentar por escrito el recurso dentro de los cinco días.

La apertura del proceso por incumplimiento se debió a que, hasta el momento,  ‘El Paisa’ no se ha presentado personalmente ni a través de su abogado cuando la Sala de Reconocimiento cuando se abrió el caso 001, sobre retenciones ilegales y secuestros cometidos por las Farc. Tampoco presentó el informe que el tribunal de paz les exigió a los 31 miembros de la cúpula de la exguerrilla sobre su proceso de reincorporación y, en julio de 2018, no asistió a la cita programada por la jurisdicción para dar su versión voluntaria sobre este mismo caso.

Por Colombia en Transición

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