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Tras tensiones, JEP ordena regreso de Unidad de Búsqueda a labores en La Escombrera

A través de una sentencia el tribunal para la paz resolvió las impugnaciones de la familia de Arles Edison Guzmán, desaparecido en La Escombrera, sobre la exclusión de la Unidad de Búsqueda en las intervenciones que se realizan en ese lugar. Esto dice el fallo.

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Paulina Mesa Loaiza
27 de agosto de 2025 - 01:11 p. m.
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La pugna entre la Jurisdicción Especial para la Paz y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas tuvo un nuevo giro tras varios meses de tensión por las intervenciones que se adelantan desde hace un año en La Escombrera, la fosa común a cielo abierto más grande de América Latina, y en la que se han hallado seis cuerpos.

Colombia+20 conoció una sentencia de la JEP que resuelve uno de los puntos clave en la discusión entre ambas entidades del Sistema Integral para la Paz. La sentencia ordena, entre otros puntos, el reintegro inmediato de la UBPD a las labores de búsqueda, luego de que la entidad fuera excluida de las actividades, a mediados de abril, tras los hallazgos de los primeros dos cuerpos de víctimas de desaparición forzada en diciembre del año pasado.

Según se lee en el documento, la Sala de Apelación del Tribunal para la Paz resolvió las impugnaciones contra una sentencia de ese mismo tribunal de paz en la que declararon improcedente una tutela que presentó la familia de Arles Edison Guzmán, uno de los desaparecidos en la Comuna 13 en el marco de la Operación Orión, en la que señalaba vulneración de derechos fundamentales tras la exclusión de la UBPD en las intervenciones.

En dicha tutela, la familia de Arles Edison señaló vulneración de sus derechos a “la verdad, dignidad humana, participación como víctima, legalidad y protección judicial, en el marco de las labores de búsqueda de personas desaparecidas forzadamente llevadas a cabo en el trámite de la medida cautelar decretada sobre La Escombrera”.

En contexto: La Escombrera: Los detalles de la pugna entre JEP y Unidad de Búsqueda que llegó a Corte IDH

El recurso que fue interpuesto por la abogada María Victoria Fallon, del Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos (GIDH), pretendía que se devolvieran a la UBPD las funciones constitucionales y legales y restituir a la entidad todas las funciones y fases del proceso de búsqueda. Sin embargo, en una primera instancia, la JEP declaró improcedente el recurso, por lo que vino la impugnación.

“Tiene un impacto directo en sus derechos y en las demás personas que buscan a sus seres queridos desaparecidos en la Comuna 13, dado el no acompañamiento de la UBPD y las limitaciones fácticas a la participación de las víctimas en razón a las dificultades que tienen los familiares de asistir a las labores forenses. Lo anterior redunda en afectaciones a su derecho a la verdad, producto del distanciamiento del proceso y ruptura de articulación con la entidad con la que habían construido confianza institucional”, señaló la impugnación.

Tras la revisión del caso, la Sección de Apelación de la JEP destacó que las decisiones que se han tomado con respecto a las intervenciones en La Escombrera han sido adecuadas en el sentido de garantizar los recursos luego de que la UBPD expresara la imposibilidad de continuar con la financiación. Asimismo, resaltó que el plan de búsqueda que se adaptó se ha traducido en “óptimos resultados”, con el hallazgo de dos cuerpos más en julio.

La sentencia en cuestión se centra en “la garantía del mandato constitucional de la UBPD y su adecuada integración y articulación en los procesos de búsqueda en La Escombrera, en cada una de sus etapas, y en observancia de su mandato constitucional y legal, que permita optimizar la labor forense que se constituye en una respuesta sin precedentes de parte del Sistema Integral a las personas que sufren la desaparición de sus seres queridos”, se lee en el documento.

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Por lo anterior, la JEP resolvió en primer lugar conceder el amparo a los derechos fundamentales a la búsqueda de personas desaparecidas, a la participación efectiva de las víctimas y al debido proceso de la familia de Arles Edison Guzmán. Asimismo, la Sala ordenó modificar los autos proferidos para que no se excluya a la UBPD. “No podrá implicar de ninguna manera la exclusión de las labores misionales de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas”, confirma el fallo.

En ese contexto, la sentencia también ordena que el despacho que lleva la medida cautelar sobre La Escombrera remita a la Unidad de Búsqueda el Plan de Intervención Forense que se adoptó para que la entidad presente una propuesta de articulación con la Jurisdicción en las labores de búsqueda, recuperación e identificación. Asimismo, se ordenó convocar de manera inmediata una mesa técnica para coordinar su participación en el proceso.

A la par del conocimiento de la sentencia, se hizo público un auto por parte de la Sala de Ausencia de Reconocimiento en el que se anuncia la prórroga de las medidas cautelares y se insiste en las restricciones para el ingreso de otras entidades diferentes a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, que fue la que asumió el trabajo completo en La Escombrera. Sin embargo, dicho auto no tendría todavía efecto sobre la sentencia puesto que no tiene firmas y la Sala de Apelación es la última instancia en la JEP.

“No deja de sorprendernos que la Sala de Ausencia de Reconocimiento haya reiterado las restricciones para el ingreso a La Escombrera sabiendo que venía una decisión que dejaba sin efecto eso. Creemos que efectivamente la Unidad regresa de la misma manera que estaba trabajando hasta marzo. Un trabajo de coordinación, de colaboración armónica entre las distintas entidades del Sistema”, señaló la abogada María Victoria Fallon a Colombia+20, quien además explicó que lo único que estaría por encima de la sentencia de la Sala de Apelación es una posible escogencia por la Corte Constitucional.

En ese contexto, para la abogada Fallon el auto está en contravía de la decisión de la Sala e ignora la coordinación real y efectiva entre ambas entidades. “Ni el magistrado ni la Sala de Ausencia de Reconocimiento pueden pasar por encima de la Sala de Apelación. La sentencia es de obligatorio cumplimiento”, agregó.

Las mujeres buscadoras de La Escombrera, integradas en su mayoría en el colectivo Mujeres Caminando por la Verdad, han hecho reiteradamente el pedido de garantizar una búsqueda en unidad. Para Luz Helena Galeano, mujer buscadora, esta es una buena noticia para las labores que se realizan en ese punto de Medellín.

“Desde que desvincularon a la Unidad hemos siempre hecho el llamado a un trabajo articulado. Si bien la JEP tiene antropólogos profesionales, la Unidad también tiene los suyos y en esta medida podrían haber mayores avances en la búsqueda al trabajar coordinada y conjuntamente (...) Entendemos que las funciones de la UBPD son de carácter humanitario y que la Jurisdicción es de carácter judicial, pero eso no impide que se articulen para hacer un trabajo mancomunado que le dé prioridad a las víctimas. Si bien hablamos del Sistema Integral de Paz, la centralidad está en las víctimas”, señaló Galeano a Colombia+20.

Esta decisión podría cerrar un capítulo de tensiones y pleitos entre dos entidades fundamentales para el hallazgo de más de 400 cuerpos de personas desaparecidas en la Comuna 13, unos 100 de los cuales fueron víctimas de la Operación Orión.

El pleito entre la JEP y la UBPD y la exclusión de La Escombrera

La controversia alcanzó su punto máximo luego de que el magistrado de la Jurisdicción Especial, Gustavo Salazar, quien ha estado al frente de la búsqueda de desaparecidos en La Escombrera, señalara que la UBPD se retiraba de la intervención por falta de recursos.

“Ellos se fueron señalando que ya no tenían recursos para mantener la maquinaria amarilla y a partir de ahí se fueron y los equipos no volvieron a trabajar. Si no tienen recursos ¿a qué los vamos a convocar? si no tienen contrato vigente y no tienen intervención. Si nosotros duplicamos el número de obreros, tenemos un equipo forense y tenemos los recursos de maquinaria amarilla, ¿Cuál es el rol de la unidad? Lo que le dijimos a la Unidad, y eso fue un auto, es que presente una propuesta de intervención ordenada que sea razonable y que respete el carácter judicial de la intervención y le dé, y se utiliza este concepto, celeridad a la excavación. Si la intervención de la Unidad le va a dar mayor velocidad a esto, pues bienvenido”, explicó el magistrado en una reciente entrevista con Colombia+20.

La UBPD en varios momentos alertó a la JEP sobre el tema de presupuesto y la puesta en marcha del plan de intervención en la fase 6 que había sido presentado en octubre de 2024 con el fin de abarcar más terreno del polígono en La Escombrera. Esto suponía un trabajo de mínimo seis meses y a su vez la gestión de más recursos. Antes de que llegara la fecha máxima de la finalidad de recursos se realizaron por lo menos dos mesas técnicas en las que la Unidad puso en conocimiento la situación y pidió nuevamente respuesta sobre la fase 6.

El 31 de marzo de 2025, la UBPD se quedó sin recursos, pero decidió continuar con las gestiones administrativas para conseguir más e incluso sostuvo al equipo forense en terreno y no se retiró la maquinaria amarilla, con el fin de no detener la intervención.

“Cuando se informó a la magistratura sobre las limitaciones presupuestales de la Unidad y por tanto, la dificultad de poder seguir financiando la obra civil para continuar con la intervención a partir del 31 de marzo, que conforme lo definido en decisiones judiciales, le correspondía a otra entidad (Alcaldía de Medellín), lamentablemente fue interpretado por el despacho a cargo de la medida cautelar como un “retiro” de la entidad, pese a insistir sobre la garantía de permanencia del equipo forense. En este sentido la UBPD continuó haciendo presencia a través de su equipo forense y el personal de mano de obra no calificada para continuar la intervención en el lugar cautelado, así como la maquinaria pesada, a la espera de la financiación para su funcionamiento”, explicó Carlos Marín, subdirector de la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas.

Sin embargo, la JEP decidió asumir totalmente la excavación y prospección en La Escombrera. El magistrado Salazar, justificó su decisión con base en la urgencia judicial del caso, la necesidad de garantizar resultados eficaces y la autoridad legal que le confiere la JEP para adoptar medidas cautelares. La UBPD, por su parte, ha sostenido que su salida de la Escombrera no fue voluntaria ni producto de una falta de recursos, sino a una exclusión total.

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Paulina Mesa Loaiza

Por Paulina Mesa Loaiza

Periodista de la Universidad de Antioquia e ilustradora. Ha escrito en prensa y portales digitales con especial interés en justicia, conflicto, memoria y paz. Actualmente es periodista de Colombia+20.@paulina_mesalpmesa@elespectador.com

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pedrito opinador(59003)27 de agosto de 2025 - 02:35 p. m.
Ese es un negociazo. Excavar aca va mucha plata en horas maquinas, gente, y de hecho no se ha encontardo nada que incrimine a nadie mas que a los propios grupos criminales. LAs cuchas tienen razon y ahy tienen una teta que no quieren dejar de ordeñar
simovid tuta rodriguez(61540)27 de agosto de 2025 - 02:04 p. m.
Al fin las cuchas tenían razón...que dicen los doctores fico-uribe-y Fajardo el tibio
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