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Claves de la Jurisdicción Agraria: Petro la sancionó, pero falta ley que la ponga en marcha

Esta jurisdicción, que el viernes sancionó el presidente en Cereté, está contenida en el Acuerdo de Paz que se firmó en 2016 y pretender ayudar a superar los conflictos por la tierra -que han sido parte fundamental del conflicto armado en Colombia-. Sin embargo, aún falta la ley ordinaria que definirá cómo funcionará en la práctica. Ese proyecto sigue enredado en el Congreso y tiene plazo hasta el 20 de junio para ser aprobado.

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Redacción Colombia +20
28 de marzo de 2026 - 05:03 p. m.
El presidente de la República, Gustavo Petro, firmó en Cereté (Córdoba) la Jurisdicción Agraria.
El presidente de la República, Gustavo Petro, firmó en Cereté (Córdoba) la Jurisdicción Agraria.
Foto: Andrea Puentes
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La sanción que hizo el presidente Gustavo Petro el viernes en Cereté, Córdoba, sobre la Ley estatutaria de Jurisdicción Agraria destrabó una de las piezas más importantes del Acuerdo de Paz, que en su punto uno aprobó una reforma rural integral para saldar la deuda histórica del Estado con el campo colombiano.

La tierra ha sido el punto de partida de los grandes conflictos agrarios que desembocaron en la violencia bipartidista, el nacimiento de las guerrillas campesinas y las posteriores economías armadas. Fue también el eje central del primer punto del Acuerdo de Paz: la Reforma Rural Integral, concebida para saldar la brecha histórica de los campesinos, los pueblos étnicos y los habitantes de las zonas rurales del país.

Además: El llamado urgente que hacen organizaciones sociales para destrabar la ley de Jurisdicción Agraria

Nueve años después de la firma de ese pacto, el país estuvo sin una justicia que resolviera conflictos de tenencia, uso y propiedad —que van desde linderos hasta ocupaciones o decisiones sobre baldíos.

La Defensoría del Pueblo se pronunció sobre su aprobación y dijo que “pone en vigencia uno de los instrumentos jurídicos más importantes de los últimos años para el trámite de conflictos sobre tierras y otras cuestiones agrarias”.

Sin embargo, la aprobación del proyecto de ley ordinaria de la Jurisdicción Agraria -que define las reglas, los tiempos y los trámites para resolver los conflictos- aún está a la espera de aprobación por parte del Congreso.

Este trámite está empantanado en el Legislativo por debates aplazados y sesiones que se levantaron sin discutirla. El proyecto tiene hasta antes del 20 de junio de 2026 cuando se termina el periodo legislativo.

La Jurisdicción Agraria, la que finalmente apruebe el Congreso en el marco de su autonomía, le otorgará garantías y mayor seguridad jurídica no solamente al campesinado, sino, en general, a todos los actores de la ruralidad (...) Además, favorecerá a la resolución de las conflictividades sobre la tierra, para lo cual se establecen la mediación, facilitación y conciliación como elementos claves”, dijo la Defensoría.

Y agregó:

“La Defensoría del Pueblo invita al Congreso de la República a entender que la entrada en vigencia de la Ley Estatutaria es también un mandato para avanzar en el debate y aprobación del proyecto de ley ordinaria pendiente, antes de que termine esta Legislatura”.

¿Qué es la Jurisdicción Agraria?

“La Jurisdicción Agraria y Rural es un nuevo poder que la Constitución Política le otorga a los jueces y magistrados para resolver, de manera exclusiva y especializada, los conflictos agrarios y rurales en el país”, explica el Ministerio de Justicia.

Hasta ahora, si había un conflicto por un predio —quién es el dueño, quién lo ocupa, si es baldío, cómo se usa—, ese caso podía terminar en distintas entidades o en jueces no especializados. Eso hacía que los procesos fueran lentos, confusos o incluso contradictorios.

En contexto: A solo dos votaciones, la jurisdicción agraria amenaza con hundirse en el Congreso

La idea es que la Jurisdicción Agraria solucione -de forma rápida y sencilla- “las disputas agrarias, garantizando los derechos de todos los actores rurales”, y reconociendo la especial protección que cobija al campesinado y a las comunidades étnicas que habitan en la ruralidad, precisa ese Ministerio.

¿Quién puede acudir a la Jurisdicción Agraria?

Cualquier persona que necesite resolver un conflicto agrario. Para ello podrá presentar una demanda antes los jueces o tribunales agrarios.

¿Qué establece la ley estatutaria?

De acuerdo con la norma se dispone la creación de:

  • Juzgados y tribunales agrarios y rurales en todo el territorio nacional.
  • Centros de Servicios Judiciales y Administrativos de Apoyo Técnico Agrario y Rural, que brindarán soporte pericial y acompañamiento especializado.
  • Facilitadores agrarios y rurales que orientarán a la ciudadanía en el acceso a la justicia en asuntos de tierras.
  • ​Procesos de selección por méritos, que priorizan conocimientos en derechos fundamentales campesinos, enfoques étnicos, de género y territoriales.

¿Qué tipo de conflictos se pueden solucionar con la Jurisdicción Agraria?

De acuerdo con lo aprobado esa justicia puede resolver problemas como:

  • Definición de derechos sobre predios agrarios
  • Servidumbres agrarias
  • Acciones de nulidad agraria sobre los actos de la Agencia Nacional de Tierras
  • Lanzamientos por ocupaciones de hecho de predios agrarios
  • Uso de recursos comunales en predios agrarios
  • Uso del suelo rural • Contratos agrarios

¿Por qué esto era un vacío del Acuerdo de Paz?

El punto uno del Acuerdo de Paz prometía transformar el campo: acceso a tierra, formalización, desarrollo rural.

Pero tenía un problema de base, no decía cómo resolver los conflictos sobre esa tierra que han estado en el origen del conflicto armado durante décadas.

Por eso, expertos y organizaciones han insistido en que esta jurisdicción es la “columna vertebral” de la justicia rural porque sin ella, la reforma agraria no tiene cómo aplicarse caso por caso.

¿Qué falta?

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, se necesita aún:

1. La aprobación de la ley ordinaria.

El Congreso debe tramitar la ley ordinaria que definirá cómo serán procedimientos agrarios, las competencias específicas de jueces y tribunales, la reglamentación detallada del proceso agrario y rural.

2. Implementación gradual del sistema judicial

“El Consejo Superior de la Judicatura tiene el mandato de crear tribunales y juzgados en un plazo progresivo”, dice el Ministerio de Justicia.

Para eso debe considerar la zonas rurales y PDET, demanda de justicia agraria y proyecciones demográficas.

3. Reglamentación técnica y presupuestal

El Gobierno nacional garantizará los recursos para la infraestructura física y tecnológica, selección, formación y nombramiento de jueces y magistrados y funcionamiento de equipos interdisciplinarios con enfoque diferencial.

4. Activación de los Centros de Servicios Judiciales y facilitadores agrarios

Estos equipos serán clave para la asesoría, recolección probatoria y acceso efectivo a la jurisdicción. Su puesta en operación requiere resoluciones administrativas y protocolos técnicos.

✉️ Si le interesan los temas de paz, conflicto y derechos humanos o tiene información que quiera compartirnos, puede escribirnos a: cmorales@elespectador.com; nortega@elespectador.com o aosorio@elespectador.com.

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