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Las solicitudes de títulos mineros que preocupan en Quindío

Hay 59 peticiones que afectarían el 19,9 % del área de la cuenca del río La Vieja. La ANM dice que ese trámite es una mera expectativa para adquirir un derecho.

Ricardo Ávila Palacios
21 de agosto de 2022 - 02:00 a. m.
 Bocatoma del río Quindío, a donde llegan las aguas contaminadas con metales pesados como plomo y mercurio; en un límite que supera el mínimo permitido. / Cortesía de Luis Vargas Ballén
Bocatoma del río Quindío, a donde llegan las aguas contaminadas con metales pesados como plomo y mercurio; en un límite que supera el mínimo permitido. / Cortesía de Luis Vargas Ballén

El departamento del Quindío forma del parte del Paisaje Cultural Cafetero (PCC), que en 2011 fue declarado Patrimonio Mundial por la Unesco. Se trata del segundo departamento más pequeño de Colombia (1.845 km²), habitado por unas 600.000 personas, y se caracteriza por sus extensos paisajes verdes y una variedad de climas que atrae a turistas nacionales y extranjeros.

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En ese escenario están enclavados la cuenca del río La Vieja, que —según Parques Nacionales Naturales de Colombia— tiene 15 áreas protegidas y 21 municipios; mientras el PCC registra 53 áreas protegidas, entre principales y secundarias, con 51 municipios.

Luis Alberto Vargas Ballén, secretario del Consejo de Cuenca POMCA Río La Vieja, comenta que un sector de la sociedad civil está preocupado porque “se ha ido incrementado la entrega de títulos y la aceptación de solicitudes mineras en zonas ambientalmente protegidas como en el PCC, que abarca 51 municipios de los departamentos de Caldas, Risaralda, Quindío y Valle de Cauca”. Asegura, además, que en los municipios del PCC y de la cuenca del río La Vieja hay 172 títulos mineros, y de esos títulos hay en explotación 146, en exploración 17 y otros 9 en construcción y montaje; así como 59 solicitudes de títulos mineros vigentes.

A manera de reflexión, que haya 59 solicitudes mineras vigentes no quiere decir que sean aprobadas. Es como afirmar que cuando un juez admite una demanda le está dando la razón al demandante y no es así. Le comentamos esto a Vargas Ballén y él argumenta que “si estuviéramos actuando frente a una entidad responsable eso podría ser así. Por ejemplo, en el páramo de Santurbán (Santander) no se podía ni siquiera admitir solicitudes ni dar títulos y vea el problema que hay allá. ¿Por qué? Porque recibieron solicitudes”.

¿Qué dice la ANM?

Sin embargo, la Agencia Nacional de Minería (ANM), en una aclaración reciente a otro medio de comunicación, señaló que “las solicitudes presentadas por los particulares interesados en desarrollar actividades mineras en Colombia se constituyen en meras expectativas; es decir, probabilidades de adquisición futura de un derecho”.

En el documento, la ANM reseña que los títulos mineros otorgados a particulares no son autorizaciones para la explotación del territorio, sino un derecho para que exploren el territorio en búsqueda de los minerales de su interés, y que muchos no superan esa etapa porque los minerales del área son insuficientes en calidad o cantidad.

Además, afirma la ANM, deben obtener de la autoridad ambiental competente la licencia ambiental con su respectivo plan de manejo ambiental. “¡Sin licencia ambiental, no hay proyecto minero!”, afirma.

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Sobre la válida inquietud de Ballén respecto a los títulos mineros en el PCC, en el documento mencionado, la ANM precisó que la entidad tiene la obligación legal de aceptar, tramitar solicitudes sobre áreas restringidas de actividad minera y, si es el caso, otorgar un título minero; pero hay límites que cumplir, pese a la luz verde para conceder dichos títulos: “Toda actividad de exploración o explotación sobre el área queda restringida, o condicionada, a que las autoridades competentes determinen si existe compatibilidad entre las actividades propuestas y los fines de las áreas restringidas. Ese es el caso del PCC, en cuya área no puede haber ningún tipo de actividad de exploración ni explotación minera sin concepto favorable de la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura”.

Al responderle a Vargas Ballén un derecho de petición, Parques Nacionales Naturales de Colombia explicó que los sitios inscritos en la lista de Patrimonio de la Humanidad de la Unesco hacen parte de las “distinciones internacionales”, para las cuales se determina que “las distinciones internacionales tales como Sitios Ramsar, Reservas de Biosfera, AICAS y Patrimonio de la Humanidad, entre otras, no son categorías de manejo de áreas protegidas, sino estrategias complementarias para la conservación de la diversidad biológica”. Y añadió que las autoridades que designan las áreas protegidas deben priorizar estos sitios con el fin de adelantar acciones de conservación .

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Sobre el papel, todo indicaría que las cosas van bien en el Quindío; pero los temores rondan a los quindianos. Vargas Ballén habla de la contaminación del agua para consumo humano en la bocatoma del río Quindío, por la presencia de metales pesados como mercurio, plomo o cadmio, que provendrían de la actividad minera.

Inquietudes válidas que también deberían movilizar a las autoridades local y departamental, así como a las entidades respectivas para tomar acciones en defensa del territorio. Por ahora, Vargas Ballén lidera desde la sociedad civil una movilización para evitar daños al ecosistema y a la salud humana y ambiental.

Ricardo Ávila Palacios

Por Ricardo Ávila Palacios

Periodista bogotano y abogado en uso de buen retiro. Creador de Tip Legal, con la pretensión de difundir pedagogía jurídica como una forma de servicio a la comunidad de lectores de El Espectador. Autor de los libros “Derecho a la información” (2005) y “La fabulosa historia del atletismo colombiano” (2019).@ricardoavilapalaciravila@elespectador.com

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