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Congresistas indígenas rechazan proyecto de ley que regula el derecho a la consulta previa

Esta es la tercera ocasión en la que el mismo proyecto de ley es radicado en este cuatrienio. Además del rechazo del senador Feliciano Valencia y del representante a la Cámara Abel Jaramillo, a las voces en contra de esta ley se sumaron la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC); la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Colombiana (OPIAC) y la Confederación Indígena Tairona (CIT), entre otros.

12 de abril de 2021 - 09:38 p. m.
Este proyecto fue presentado por primera vez en octubre de 2018, como un proyecto de ley ordinaria.
Este proyecto fue presentado por primera vez en octubre de 2018, como un proyecto de ley ordinaria.
Foto: Jorge Londoño - Jose Vargas Esguerra

El senador Feliciano Valencia, del Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS) y Abel Jaramillo, representante a la Cámara del mismo partido, lideran las firmas para rechazar el proyecto de ley estatutaria N° 442 de 2020, por el cual se regula el derecho a la consulta previa y se dictan otras disposiciones. Esta es la tercera ocasión en la que el mismo proyecto de ley es radicado a lo largo del cuatrienio actual.

La consulta previa es el derecho fundamental que tienen los grupos étnicos, de poder decidir sobre medidas (legislativas y administrativas) o proyectos, obras o actividades que se vayan a realizar dentro de sus territorios, buscando de esta manera proteger su integridad cultural, social y económica y garantizar el derecho a la participación. Este mecanismo de participación es un derecho constitucional colectivo y un proceso de carácter público especial y obligatorio que debe realizarse previamente, siempre que se vaya a adoptar, decidir o ejecutar alguna medida administrativa o proyecto público o privado, susceptible de afectar directamente las formas de vida de los grupos étnicos.

La importancia de la consulta previa para los pueblos indígenas del país es que permite que se respeten los territorios ancestrales. Las modificaciones que se pretenden hacer con la ley estatutaria N° 442 de 2020, a simple vista no parecen ser muchas. Sin embargo, para los expertos sí hay un riesgo. Camilo González Posso, director del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz), explica en un artículo que “lo que buscan sus promotores del proyecto es legalizar su banalización completa para permitir inversiones y en particular megaproyectos que siempre han invocado e invocarán como prioridad ante la propiedad privada colectiva de pueblos étnicos, e incluso por encima del derecho a su existencia”.

Este proyecto fue presentado por primera vez en octubre de 2018 como un proyecto de ley ordinaria. Sin embargo, no prosperó y la iniciativa resultó archivada. Algo similar sucedió en el 2019, cuando el proyecto fue presentado por segunda ocasión. Aunque en esa oportunidad se radicó como ley estatutaria, la propuesta continuó careciendo de lo fundamental: la garantía del derecho a la consulta previa y al consentimiento previo, libre e informado.

El presidente de Indepaz, agrega que el proyecto de ley estatutaria que pretende regular la consulta tiene vacíos. “El carácter truculento de este proyecto está asociado al supuesto de que el objetivo es hacer obras o aprobar normas que chocan con los derechos de los pueblos para lo cual lo central es establecer el procedimiento de toma de decisiones sin acuerdo con las comunidades, sin consulta, ni consentimiento. Por eso le dedican tanta letra menuda a lo que llaman el Test de Proporcionalidad que sigue a la interrupción del proceso de consulta cuando los representantes de los pueblos étnicos implicados deciden retirarse o hay conflictos de representación”, explica González.

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Los congresistas y las organizaciones sociales indígenas piden cuatro cosas. Que se suspenda su trámite legislativo; que el proyecto de ley sea retirado; que en lo sucesivo se garantice y respete el derecho al debido proceso en lo concerniente al trámite de medidas legislativas y administrativas sobre este derecho fundamental; y que sean los titulares del derecho a la Consulta Previa los interlocutores directos para abrir cualquier discusión sobre su eventual regulación, con miras a salvaguardar su esencia como derecho fundamental.

“Es por ello por lo que sentamos nuestra voz de rechazo ante este nuevo intento de tramitar un proyecto de ley que pretende reglamentar la Consulta Previa sin respetar ni garantizar, justamente, este derecho fundamental y autónomo de los pueblos y comunidades étnicas. Esta es la tercera ocasión en la que el mismo proyecto de ley es radicado a lo largo del cuatrienio actual, sin dar oportunidad para dialogar, proponer, controvertir y concertar esta iniciativa”, aseguran los congresistas de la Circunscripción Especial Indígena y organizaciones étnicas del país.

Además de Feliciano Valencia y Abel Jaramillo, las voces en contra de esta ley son la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC); la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Colombiana (OPIAC); la Confederación Indígena Tairona (CIT); las Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia; el gobierno Mayor Autoridades Indígenas de Colombia por la Pacha Mama (AICO): el Consejo Regional Indígena del Caldas (CRIDEC); el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC); entre otros.

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