Las cárceles en Colombia, una historia de hacinamiento

En 1837 el país tuvo su primer Código Penal, 18 años después de su consolidación como Estado. Por el aumento de la violencia, la crisis carcelaria es uno de los problemas crónicos hasta nuestros días, siendo el hacinamiento el principal causante.

Lucety Carreño Rojas- @LucetyC / Natalia Tamayo Gaviria - @nataliatg13
07 de agosto de 2018 - 02:00 a. m.
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Las comunidades indígenas precolombinas ya tenían una noción de justicia y la ejercían. Algunas etnias han adoptado las formas de condenar los crímenes basados en la ley de talión: ojo por ojo, diente por diente. Por ejemplo, los chibchas, ubicados en el altiplano cundiboyacense y en el sur del departamento de Santander, castigaban con pena de muerte a los asesinos. (Especial: ¿Qué puede hacer un preso con dinero en La Picota?)

A principios del siglo XVI, con la llegada de los españoles y la colonización en el territorio, el sistema de justicia indígena quedó relegado a las imposiciones de los nuevos habitantes. Las primeras prisiones en las que implementaron la privación de la libertad y las penas fueron la Real Cárcel, la Cárcel del Divorcio, la de Zipaquirá y la de Santafé (Colegio de Nuestra Señora del Rosario). Además, aplicaron las multas y confiscaciones.

Después de la independencia formal, en 1819, bajo el gobierno de José Ignacio Márquez (1837-1841) se implementó un sistema carcelario cobijado en un código penal expedido en 1837. Allí se especificaron las penas privativas de la libertad, con el objetivo de disciplinar y resocializar al delincuente. (Lea: ¿Cuánto le cuesta un preso al Estado? Así es la inversión en las cárceles de Colombia)

En 1890, las religiosas del Buen Pastor crearon la primera cárcel de mujeres en Colombia. Sin embargo, fue en 1914 cuando se estableció la Dirección General de Prisiones, es decir, la primera entidad pública encargada de velar por la población reclusa, las medidas de seguridad y la ejecución de las penas.

Las funciones de esa entidad eran organizar el sistema carcelario, crear los reglamentos de las prisiones, inspeccionar los establecimientos, gestionar las estadísticas penales y decretar la construcción y mejoramiento de los centros de reclusión. En ese momento, la cifra de internos no superaba las 5.000 personas y la población colombiana era de más de cinco millones de habitantes. Se estima que cada año la cifra de internos aumentaba en un promedio de 1.000. Durante el período denominado como La Violencia (1948-1958) el número de reclusos llegó a ser de 37.000.

Para dar abasto con el número de internos, el Estado construyó nuevos centros penitenciarios como La Picota y La Modelo (Bogotá) y la Distrital (Barranquilla), y las cárceles de Popayán (Cauca); Bucaramanga, San Gil y Pamplona (Santander), Picaleña (Tolima), Manizales (Caldas), Tumaco y Pasto (Nariño), Montería (Córdoba), Duitama (Boyacá), Cartagena (Bolívar), Santa Marta (Magdalena), Pereira (Risaralda) y Cali (Valle del Cauca).

Además de las nuevas edificaciones, se reestructuró el Código Penal y se expidieron la Ley de Vagos y la Ley de Maleantes (doctrina de la peligrosidad). En 1964, se adicionó el Código Carcelario, mediante el decreto ley 1405/34, con el cual se creó la figura del abogado procurador, la carrera penitenciaria y comenzaron a prestar los servicios sociales penitenciarios y pospenitenciarios.

Comenzando la década de los 90, el sistema carcelario tenía un 14 % de hacinamiento. Y para los siguientes años el problema se siguió acentuando sin dar tregua. Esta dificultad responde a que el Estado, por lo general, priva de su libertad a personas que cometen delitos menores (hurto, conducir en estado de embriaguez y resistir la detención, entre otras) y Colombia es un país en el que se cometen crímenes cada día. Por ejemplo, en enero de 2018 se registraron 147 denuncias cada hora, lo que representa un aumento del 7,4 % frente al mismo período de 2017.

Otro factor que influye en el hacinamiento es la falta de una infraestructura adecuada. Sin embargo, construir más centros penitenciarios no es del todo una solución. El Estado debe trabajar en un plan para evitar la reincidencia, siendo esta otra causa que se suma a la situación de sobrepoblación en las cárceles del país. 

En la reestructuración carcelaria, en 1992, la Dirección General de Prisiones pasó a ser el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), adscrito al Ministerio de Justicia y de Derecho. Un año después, en 1993, fue creado el nuevo Código Penitenciario, que aún rige. En este se dicta que está prohibida la condena con cadena perpetua, destierro o confiscación. Además, posee un enfoque en derechos humanos que garantiza que el interno no va a sufrir desapariciones forzadas, torturas y penas crueles.

En 1997, se implementó la libertad condicional como estrategia para reducir el hacinamiento; sin embargo, no funcionó. Desde los años 90, el sistema carcelario presenta una crisis cuyo principal problema es que la capacidad de las instalaciones no da abasto con la cantidad de internos. Muchos de ellos no tienen una condena, siendo esto una de las situaciones que agrava esta problemática.

El hacinamiento causa problemas de salud, vulneración de los derechos de los reclusos (al no tener las condiciones óptimas para habitar) y conflictos por el espacio. A la crisis se le ha sumado la falta de servicios médicos y jurídicos que deben gozar los reclusos, la insuficiencia de personal que atienda estas necesidades y el número de guardas, que no es proporcional con la cantidad de reos. Según el último informe de rendición de cuentas del INPEC, lo ideal es que estén contratadas 22.630 personas encargadas de la custodia de 118.443 reclusos; sin embargo, solo hay 12.800.

Las prisiones colombianas tienen una sobrepoblación de 39.125 reclusos; es decir, un 49,38 % más de la capacidad de las cárceles. El número de personas que esperan una condena, 36.452, se podría equiparar con esa cifra que tiene en crisis al INPEC.

Por Lucety Carreño Rojas- @LucetyC / Natalia Tamayo Gaviria - @nataliatg13

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