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Restricción para vehículos de carga en Semana Santa 2024: horarios y vías

Estas serán las restricciones que deben tener en cuenta los conductores de vehículos de carga durante la Semana Santa.

Redacción Colombia

21 de marzo de 2024 - 12:12 p. m.
Estas son las indicaciones de movilidad que debe tener en cuenta para la semana que va del 22 al 30 de marzo.
Foto: Peter H / Pixabay
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De acuerdo con el Ministerio de Transporte durante el puente festivo del día de San José y la temporada de Semana Santa que comprende desde el viernes 22 de marzo, hasta el domingo 31 de marzo de 2024, habrá una restricción de movilidad para los vehículos de carga con peso igual o superior a las 3.4 toneladas (3.400 kilogramos) en toda la red vial nacional. Aquí le explicamos en qué horarios y días funcionará esta restricción.

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Fechas y horarios: festivo del día de San José

Viernes 22 de marzo de 2024

La medida aplicará de 3:00 p.m. a 10:00 p.m., únicamente en las vías del departamento de Cundinamarca (salida Bogotá). Igualmente, aplica en ambos sentidos en las vías, “Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué”, “Ibagué - Calarcá - La Paila” y “Mojarras - Pasto -Ipiales - Rumichaca”.

Sábado 23 de marzo de 2024

La medida regirá desde las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m. en las vías que podrá consultar en la parte final de la nota.

Domingo 24 de marzo de 2024

La restricción aplica en ambos sentidos de las vías Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué e Ibagué - Calarcá - La Paila, desde las 4:00 p.m. hasta las 11:00 p.m.

Lunes 25 de marzo de 2024

La medida regirá desde las 10:00 a.m. hasta las 11:00 p.m. en las vías que podrá consultar en la parte final de la nota.

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En las vías “Bogotá - Fusagasugá - Melgar- lbagué” e “Ibagué - Calarcá - La Paila”, aplica en ambos sentidos desde las 08:00 a.m. hasta la 01:00 a.m. del 26 de marzo de 2024.

Fechas y horarios: festivos de Semana Santa

Martes 26 de marzo de 2024

No aplica.

Miércoles 27 de marzo de 2024

La restricción aplica de las 3:00 p.m. a las 11:00 p.m. únicamente en las vías de Cundinamarca (salida Bogotá). Igualmente, aplica en ambos sentidos en las vías, “Bogotá -Fusagasugá - Melgar - /bagué”, “/bagué - Calarcá - La Paila” y “Mojarras - Pasto -lpiales - Rumichaca”.

Jueves 28 de marzo de 2024

La medida regirá desde las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m. en todas las vías que podrá consultar en la parte final de la nota.

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Viernes 29 de marzo de 2024

No aplica.

Sábado 30 de marzo de 2024

La medida regirá desde las 4:00 p.m. hasta las 11:00 p.m. en todas las vías que podrá consultar en la parte final de la nota.

Domingo 31 de marzo de 2024

La medida regirá desde las 10:00 a.m. hasta las 11:00 p.m en todas las vías que podrá consultar en la parte final de la nota.

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En las vías “Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué” e “Ibagué - Calarcá- La Paila”, aplica en ambos sentidos desde las 8:00 a.m. hasta la 1:00 a.m. del 1 de abril de 2024.

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Vías donde aplica la restricción

  • ARMENIA - MONTENEGRO - QUIMBAYA.
  • BARRANQUILLA - CARTAGENA (VÍA AL MAR).
  • BARBOSA - CISNEROS - SAN JOSÉ DEL NUS.
  • BOGOTÁ - CHÍA - CAJICÁ - UBATÉ - CHIQUINQUIRÁ - BARBOSA - SAN GIL - BUCARAMANGA.
  • BOGOTÁ - CHOACHÍ.
  • BOGOTÁ - LA CALERA - GUASCA - GUATAVITA - SESQUILÉ (INCLUYE YE DE SALITRE - SOPO - BRICEÑO).
  • BOGOTÁ - LA VEGA - VILLETA - HONDA Y CORÁN - GUADUAS.
  • BOGOTÁ - FUSAGASUGÁ - MELGAR - IBAGUÉ.
  • BOGOTÁ - TOCANCIPÁ - TUNJA.
  • BOSCONIA – ZAMBRANO - CARMEN DE BOLÍVAR - CRUZ DEL VISO – TURBACO - CARTAGENA.
  • BUCARAMANGA - PAMPLONA - CÚCUTA.
  • CARRETO - CALAMAR - SANTO TOMAS – SABANAGRANDE (ATL).
  • HONDA - DORADAL - MEDELLÍN.
  • IBAGUÉ - CALARCÁ – LA PAILA.
  • IBAGUÉ - HONDA.
  • MANIZALES - MARIQUITA - ARMERO.
  • MONTERÍA - CERETÉ - LORICA - COVEÑAS - TOLÚ - TOLUVIEJO - CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR).
  • MOSQUERA (DESDE PEAJE RÍO BOGOTÁ D.C.) - FACATATIVÁ – LOS ALPES.
  • NEIVA - GARZÓN - PITALITO.
  • PRIMAVERA - AMAGÁ - BOLOMBOLO - CIUDAD BOLÍVAR.
  • PRIMAVERA - LA PINTADA - LA FELISA - LA MANUELA.
  • PUERTO ARAUJO - PUERTO BOYACÁ.
  • PUERTA DE HIERRO – MAGANGUÉ- MOMPÓS - GUAMAL – EL BANCO – TAMALAMEQUE – EL BURRRO.
  • SANTA MARTA - PALOMINO.
  • SINCELEJO - EL CARMEN DE BOLÍVAR.
  • SOGAMOSO - TOQUILLA.
  • TUNJA - BARBOSA.
  • TUNJA - CHIQUINQUIRÁ.
  • TUNJA - DUITAMA - SOGAMOSO.
  • VILLAVICENCIO - CUMARAL.
  • VILLAVICENCIO - PUERTO LÓPEZ.
  • YE DE CIÉNAGA - FUNDACIÓN - SAN ROQUE - AGUACHICA.
  • YE DE HATILLO (BARBOSA-ANTIOQUIA) - YARUMAL - CAUCASIA.

Vías donde no aplica la restricción

  • BARRANQUILLA - YE D E CIÉNAGA.
  • BOGOTÁ - VILLAVICENCIO - ACACÍAS.
  • BUCARAMANGA - LA LIZAMA.
  • BUCARAMANGA - SAN ALBERTO.
  • CALI – POPAYÁN.
  • CÚCUTA - YE DE ASTILLEROS - SARDINATA - OCAÑA.
  • GIRARDOT – NARIÑO – GUATAQUÍ – CAMBAO.
  • MEDELLÍN - SANTA FE DE ANTIOQUIA.
  • NEIVA - ESPINAL - GIRARDOT.
  • PALMIRA – LA YE DE VILLA RICA.
  • PEREIRA – CARTAGO – LA PAILA.

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