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Masacre de San José de Apartadó, otro caso en manos de la JEP

La jurisdicción especial acaba de suspender las órdenes de captura de tres militares retirados y pidió que tres más fueran recluidos en guarniciones cerca de sus familias. Ninguno de ellos ha formalizado aún su compromiso de verdad y reparación con las víctimas.

Diana Durán Núñez - @dicaduran
27 de enero de 2020 - 02:30 a. m.
La JEP suspendió las órdenes de capturas, sin que los militares hayan suscrito actas de sometimiento.  /Luis Benavides.
La JEP suspendió las órdenes de capturas, sin que los militares hayan suscrito actas de sometimiento. /Luis Benavides.

Tres militares retirados del Ejército ya no tienen órdenes de captura en su contra: el mayor (r) José Fernando Castaño López, el sargento (r) Henry Cuasmayán Ortega y el cabo (r) Ricardo Bastidas Candia. El 27 de marzo del año pasado, la Corte Suprema ordenó su captura tras condenarlos a 34 años de prisión por su responsabilidad en el asesinato a sangre fría de cuatro adultos, un adolescente y tres niños –entre ellos una pequeña de 5 años y uno de 2– en las veredas Mulatos Alto y La Resbalosa, en febrero de 2005. Es un crimen que se conoce mejor como la  masacre de San José de Apartadó. 

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Aunque las órdenes de captura en su contra estuvieron vigentes durante nueve meses, ninguna policía judicial dio con ellos en ese tiempo, hasta que una magistrada de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) las suspendió con base en el Acuerdo de Paz firmado con las Farc. Ocurrió el pasado 30 de diciembre, en una decisión de la que apenas están terminando de ser notificados los implicados. En la resolución 8169 de 2019, la JEP unificó todos los expedientes de este caso y manifestó, como lo hizo la Corte, que en este tema la competencia es solo suya. 

En el caso de Castaño, Cuasmayán y Bastidas, la JEP tomó esta determinación sin que ellos hayan suscrito actas de sometimiento a su jurisdicción. En el documento se lee que deben hacerlo pronto. El teniente coronel (r) Orlando Espinosa –el oficial de más alto rango procesado por el escabroso asesinato colectivo de San José de Apartadó– y los sargentos Sabaraín Cruz Reina y Ángel Padilla Petro ya estaban detenidos por este mismo expediente, pero llevan menos de cinco años recluidos. Por eso, la JEP pidió que fueran reubicados en guarniciones militares o policiales cerca de sus familias. 

Ellos seis, junto al subteniente (r) Alejandro Jaramillo Giraldo –también condenado–tienen la obligación de presentar un plan “preliminar pero concreto, claro y programado con el que cumplirán con sus compromisos con el esclarecimiento de la verdad, la constitución de garantías para la no repetición y la construcción de una paz estable y duradera”. A todos siete, la JEP les concedió los beneficios que dejó el Acuerdo de Paz para militares en su situación antes de que quedara claro cuál va a ser su aporte de verdad y reparación las víctimas que dejó la masacre. 

La resolución indica que de la manifestación de compromisos depende que los beneficios se mantengan. Por ende, de las respuestas a las solicitudes que hizo JEP a todos los militares implicados dependerá que las órdenes de captura sigan suspendidas y que, quienes fueron o van a ser trasladados a unidades cerca de sus familias, permanezcan allí. La violenta muerte de los cuatro menores y los cuatro adultos en San José de Apartadó fue declarada crimen de lesa humanidad, pues no se trató de ningún error operacional o táctico: el crimen fue perpetrado paramilitares con complicidad militar.

Así lo ha establecido ya la justicia, y ese detalle fue determinante para entender que esta no fue una masacre cualquiera. La JEP lo declaró de lesa humanidad en mayo del año pasado, con la resolución 2511. El 17 de febrero de 2005, tropas de la Brigada XVII iniciaron la operación Fénix para, supuestamente, combatir a paramilitares y guerrilleros en el Urabá, con el teniente coronel (r) Orlando Espinosa a la cabeza. Cuatro pelotones fueron asignados. Unos 150 uniformados hacían parte del plan. Pero, dos días más tarde, en un cerro llamado Castañeda, empezaron a patrullar detrás de 50 paramilitares.

(Vea: El caso 004 de la JEP le pondrá la lupa al Urabá)

El 21 de febrero, los cuatro adultos y cuatro menores fueron enterrados en una fosa común que la Fiscalía descubriría cuatro días luego –pues el Ejército no los reportó, sino los habitantes de la zona–. Antes de que sus cadáveres fueran puestos allí, todos fueron objeto de la más cruel sevicia, al punto de que los niños murieron degollados. En el expediente hay relatos de exparamilitares (como Javier Galindo y Henry Palomino) que han contado, además, que los niños más pequeños (de 2 y 5 años) fueron ejecutados por sugerencia de un militar, “porque más tarde iban a causar problemas”.

De esa forma se tejió en las veredas Mulatos Alto y La Resbalosa, de Urabá, uno de los capítulos más dolorosos del conflicto colombiano. “Son, se reitera, hechos de la más extrema gravedad. Las víctimas directas no participaban en las confrontaciones armadas. Se encontraban en estado de absoluta indefensión (…) esta ostensible desigualdad de condiciones entre los atacantes y las víctimas, la pluralidad de los homicidios y la manera cruel en que fueron perpetrados, aunado al patrullaje conjunto con integrantes del Ejército”, resalta la gravedad del caso, señaló la JEP en mayo de 2019. 

En la resolución de diciembre pasado, la JEP añadió que “los militares estaban en la capacidad material de evitar los trágicos resultados que terminaron por concretarse. Contaban con su equipamiento bélico, con conocimientos castrenses especializados y su número, según se refirió en antecedentes, era de aproximadamente ciento cincuenta (150) activos, en contraste con los alrededor de cincuenta (50) integrantes del denominado bloque Héroes de Tolová de las AUC (…)que (cuatro niños) hayan sido destinatarios de la violencia del conflicto en estos terribles hechos lesiona gravemente la dignidad humana”.

La pregunta ahora es con qué compromiso hacia las víctimas llegan los militares que ya fueron condenados por la justicia ordinaria. Tres uniformados en retiro ya le han manifestado a la JEP su sometimiento a esta jurisdicción especial, el teniente (r) Édgar García Estupiñán, el subteniente (r) Jorge Milanés Vega y el sargento (r) Darío Brango Agamez. Todos asumieron compromisos con el sistema, aclarando de entrada que hacerlo no implicaba que estuvieran aceptando responsabilidad alguna en el crimen. García Estupiñán y Brango Agámez aseguraron que entregarían “verdad” acerca de la masacre.

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El subteniente (r) Milanés Vega, en cambio, remitió un documento sobre “la forma en la que (está) dispuesto a contribuir con el esclarecimiento de la verdad, la satisfacción de las víctimas y las garantías de no repetición”. Explicó que él era comandante de pelotón, que fue testigo de lo ocurrido y que sus declaraciones han molestado a sus superiores. “Este hecho me victimizó en la medida en que las cosas sucedieron contra mi voluntad”. Dijo que su pelotón estaba a kilómetros cuando se perpetraron los asesinatos y que, aun así, “gravita en (su) contra una persecución judicial que (lo) ha convertido en un paria”. 

Todos esos elementos, más los miles de folio que representa este complejo proceso, es lo que ahora tiene la JEP en sus manos de manera exclusiva, pues la Corte Suprema envió el expediente luego de condenar a seis de los militares (r) investigados en marzo pasado a 34 años de prisión. Cada procesado está en una situación jurídica distinta, por lo que, individualmente, uno a uno deberán definir qué ruta toman dentro de la JEP. Admitir responsabilidad los podría dejar con una condena de hasta 8 años. No hacerlo implicaría ir a juicio y enfrentar la posibilidad de pasar 20 años en prisión.

Por Diana Durán Núñez - @dicaduran

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