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Adiós cooperativas, bienvenidas S.A.S.

Para no contratar de forma directa, empresas de salud están pidiendo a sus médicos y enfermeras crear Sociedades por Acciones Simplificadas. Opiniones a favor y en contra.

Pablo Correa
28 de julio de 2011 - 09:46 p. m.

La instrucción que los directivos de distintas clínicas, hospitales y EPS de Bogotá y el país le están dando a los representantes legales de las Cooperativas de Trabajo Asociado, creadas para evitar la contratación directa de los empleados, es clara: tienen que disolver las actuales organizaciones y crear Sociedades por Acciones Simplificadas.

Los médicos, enfermeras, bacteriólogas y demás profesionales de la salud agrupados en estas cooperativas se han visto obligados en las últimas semanas a contratar abogados y contadores que les expliquen las ventajas y desventajas del nuevo modelo. Todos saben que de no hacerlo tarde o temprano podrían perder sus empleos y contratos.

¿Qué hay detrás de esta estrategia? Todo indica que es la fórmula mágica que los empleadores han descubierto para evadir la obligación de contratar directamente. Para la firma del Tratado de Libre Comercio, una de las condiciones que impuso el gobierno de Estados Unidos al colombiano fue trabajar por la reducción de la informalidad laboral. A través de distintos mecanismos, el Gobierno ha dejado claro que las Cooperativas de Trabajo Asociado, ampliamente usadas para evadir las obligaciones del régimen laboral, tienen sus días contados.

Pero como es bien sabido, hecha la ley, hecha la trampa. Y las Sociedades por Acciones Simplificadas se están convirtiendo en una ingeniosa respuesta a la presión del Gobierno.

Para Miguel Pérez, presidente de la Asociación Colombiana de Empresas Temporales (Acoset), “se están aplicando estas figuras para evadir obligaciones laborales directas y zafarse de la aplicación plena del régimen laboral”. Según explicó el experto, en Colombia sólo existen dos vías para la contratación: directa y a través de empresas de servicios temporales. “No existen otras alternativas. Todo lo que se quiera hacer para manejar trabajadores por parte de un tercero es ilegal. Así de sencillo”, explica Pérez.

La Sociedad por Acciones Simplificadas fue una figura concebida para fomentar el emprendimiento y las nuevas empresas. Con la Ley del Primer Empleo, recientemente sancionada por el presidente Juan Manuel Santos, se crearon una serie de incentivos para favorecer a los nuevos empresarios. La combinación de estos dos factores creó un escenario propicio que estarían aprovechando algunos hospitales y clínicas para forzar a sus trabajadores a dejar atrás las cooperativas y crear una “nueva empresa” con la que contratarían los servicios. En el papel, podrían demostrar que no están usando un tercero para vincular empleados sino que tienen una relación comercial con otra empresa.

En opinión de Clemencia Dupont, presidenta ejecutiva de Confecoop (Confederación de Cooperativas de Colombia), el origen de este problema recae en gran medida en el Gobierno, que “cumplió con EE.UU., pero al país no le ha dado ninguna orientación, ninguna explicación. No hay claridad. No nos ha respondido a nuestras peticiones”.

Recordó que la Ley 1429 sobre primer empleo advierte en el artículo 63 que está prohibido contratar “actividades misionales permanentes” —aquellas que tienen que ver con las actividades principales de la empresa— con cooperativas que hagan intermediación laboral. “Creemos que esto es excesivo porque establece esa prohibición para todas las cooperativas, no sólo para las de intermediación laboral. Se está castigando a todas las cooperativas independientemente de si hacen las cosas bien o no”.

Por su parte, Orlando Jaramillo, presidente del Grupo Méderi, insiste en que ninguna de estas medidas es buena o mala per se.  Lo que él y su equipo han pedido a los médicos y trabajadores de los hospitales y clínicas que administran en el país es que lean, investiguen y consulten, porque, en su opinión: “Es un proceso que debemos construir entre todos y de común acuerdo”.

Jaramillo asevera que así como no hay una receta médica para todos los pacientes, no hay una sola fórmula de contrato laboral para todos los trabajadores. Mientras un médico general se puede contratar de forma directa sin perjudicarlo, para superespecialistas como un oncólogo pediatra ese esquema no le conviene.

En todo caso, ojalá en esta oportunidad el remedio no resulte peor que la enfermedad.

Por Pablo Correa

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