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Aunque desde el pasado 20 de noviembre el Gobierno estableció, a través del decreto 2616 de 2013, que los empleados que laboran por días y cotizan su pensión bajo el régimen de prima media (como los del servicio doméstico, jornaleros y quienes laboran en bares, restaurantes y el sector turístico) deben recibir de ahora en adelante beneficios de sus empleadores, como la afiliación a una administradora de riesgos laborales y a una caja de compensación familiar, aquellos trabajadores que se encuentran vinculados al régimen de ahorro individual —fondos privados de pensiones— tendrán que esperar hasta el próximo 20 de febrero para ser cobijados por estas disposiciones.
El decreto aplica para trabajadores dependientes que tengan contratos de trabajo a término parcial (que en un mes laboren menos de 30 días) y que devenguen menos de un salario mínimo mensual (para este año se ajustó en $616.000). Además establece que los empleados no pueden tener más de un fondo de pensiones, pero sí estar afiliados a más de una caja de compensación en el caso de que trabajen para varios empleadores.
Entretanto, el decreto dispuso que los empleadores que tengan a su cargo trabajadores afiliados a al régimen de prima media y al de ahorro individual tendrán que acudir a la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) como mecanismo de recaudo de los sistemas de pensiones, de riesgos laborales y, por supuesto, de las cajas de compensación.
“Un instrumento de formalización es la cotización a seguridad social por períodos inferiores a un mes. La cotización a seguridad por 30 días mínimo es uno de los elementos que producen informalidad”, dijo el ministro de Trabajo, Rafael Pardo. De acuerdo con la norma expedida, los trabajadores podrán cotizar a seguridad social por períodos de siete días que pueden distribuirse en lo corrido de un mes. “Esa cotización tiene que incentivar la formalización”.
De esta manera, si un trabajador labora entre uno y siete días, ya tiene una cotización mínima semanal. Así, el pago mínimo semanal que debe asumir el empleador asciende a $26.657.
De este monto, $20.762 corresponden a seguridad social ($17.685 son de pensiones y $3.077, de riesgos laborales). Los $5.895 restantes que un empleador aporta dentro del pago mínimo semanal están relacionados con los recursos destinados a cubrir el renglón de cajas de compensación.
Según las cifras que tiene el Gobierno, actualmente 750.000 personas trabajan en el servicio doméstico en Colombia, pero sólo 8.000 tienen un contrato de trabajo. Lo que espera el ministro Pardo es tener poco más de 100.000 empleados domésticos bajo un esquema de contratación al comenzar este año.
Entretanto, el viceministro de Empleo y Pensiones, Juan Carlos Cortés, asegura que en Colombia existen 1,5 millones de trabajadores que laboran por días.