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¿Aún no le han dado el Día de la Familia? Esta es la fecha máxima para reclamarlo

Tenga en cuenta que, en 2026, este beneficio desaparece por cuenta de la reducción de la jornada laboral.

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10 de junio de 2026 - 06:06 p. m.
El espíritu de este derecho, evidentemente, es promover un sano equilibrio entre la vida personal y familiar del trabajador con la laboral. Sin embargo, ese derecho está próximo a cambiar.
El espíritu de este derecho, evidentemente, es promover un sano equilibrio entre la vida personal y familiar del trabajador con la laboral. Sin embargo, ese derecho está próximo a cambiar.
Foto: tomada de redes
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El Día de la Familia es un beneficio laboral del que han disfrutado millones de trabajadores en Colombia durante los últimos años. Consiste en una jornada semestral —dos veces al año— destinada a fortalecer la integración familiar, ya sea mediante actividades organizadas por la empresa o la caja de compensación familiar, o a través de la concesión de un día libre remunerado para que el empleado lo comparta con sus seres queridos.

El espíritu de este derecho, evidentemente, es promover un sano equilibrio entre la vida personal y familiar del trabajador con la laboral. Sin embargo, ese derecho está próximo a cambiar.

Según lo explicado a El Espectador por el abogado laboralista Víctor Julio Díaz, los trabajadores que aún no les han dado el Día de la Familia en lo que va del año, tienen derecho a recibirlo hasta el 30 de junio. Después de esa fecha, legalmente, desaparecerá la obligación para el empleador.

El experto explica que este beneficio dejará de ser obligatorio debido a que, a partir del 15 de julio, la jornada laboral en Colombia se reducirá a 42 horas semanales. Según la lógica de la norma, esta disminución en el tiempo de trabajo les permite a los empleados disponer de más horas para compartir con sus familias y realizar actividades personales.

En ese mismo sentido, también desaparecerá la obligación de otorgar las dos horas semanales destinadas a recreación, capacitación, actividades culturales o deportivas para los trabajadores de empresas con más de 50 empleados. La razón es que el legislador consideró que la reducción gradual de la jornada laboral compensa esos espacios de descanso y bienestar que anteriormente debían ser garantizados por los empleadores.

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