La Superintendencia Financiera reveló la tasa de usura que regirá desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de este año. Se trata del referente que indica cual es máximo de interés que pueden cobrarle en las tarjetas de crédito, y también aplica para las personas naturales o establecimientos comerciales que presten dinero.
De esta manera, la nueva tasa de usura es del 33,5% efectivo anual, es decir un punto básico menor que el 33,51% de la vigencia pasada. Por lo que si le cobran más de esto, ya sea en su tarjeta de crédito o alguna persona natural, pueden denunciar y las sanciones pueden implicar cárcel.
Respecto a los otros tipos de créditos que otorgan las entidades bancarias, como por ejemplo los microcréditos y los créditos de consumo de bajo monto, la tasa de usura se mantiene en 55,1% y 53,21% respectivamente. Estos, límites se mantendrán hasta el 30 de septiembre del 2017.
La reducción de la tasa de usura se da en el marco de las reducciones en las tasas de interés del Banco de la República, que en las últimas dos reuniones ha bajado 50 puntos y se sitúa en 7%. Analistas creen que podrían venirse más reducciones a lo largo del año.