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Era evidente que la ausencia de la consulta prevía a las minoría étnicas hacía que la reforma fuera inconstitucional.
Según Julio Fierro, geólogo experto en minería y ambiente, el presidente de la Corte advirtió que la reforma no respetó las normas vigentes ni los tratados internacionales. “La Corte hace un manejo particular del tema, pues si bien tumba la modificación, también la deja vigente” expresó.
Por su parte, Gladys Jimeno, especialista en derechos étnicos, enfatizó: “La consulta —motivo por el cual se tomó esta decisión—, si bien ya no será previa, ahora debe ser libre e informada, y en la ley que se tramite se requiere proteger la minería ancestral de los grupos étnicos haciendo una diferenciación con la minería ilegal”.
Contrario a esta percepción, Luz Estela Ramírez, secretaria general de la Confederación Nacional de Mineros de Colombia, afirmó que esto no garantiza una protección a la minería artesanal: “Consideramos que los grandes beneficiados con la determinación de la Corte serán las grandes multinacionales. En realidad a nosotros lo que nos afecta es el Código 685, que perjudica la pequeña y mediana minería. Creemos que se necesita una nueva legislación”, precisó.
El presidente de la Cámara Colombiana de Minería, César Díaz Guerrero, aseveró que “en estos dos años que la Corte da para que entre en vigencia la declaratoria de inexequibilidad, el Gobierno deberá tramitar ante el Congreso de la República una reforma al Código de Minas”. Díaz añadió que durante los próximos 24 meses la Ley 1362 de 2009 estará vigente.