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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó y multó con $23,4 millones a la cooperativa de ahorro y crédito Comultrasan por incurrir en “información engañosa”.
El caso tiene que ver con una demanda de un consumidor que obtuvo un crédito para pagar las matrículas universitarias de dos hijos, por montos de $1,8 millones y $3,17 millones, según la evidencia estudiada por la Superintendencia.
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Sin embargo, la cooperativa, según la SIC, cobró al consumidor un capital diferente por concepto de cada crédito: más de $1,9 millones y $3,35 millones, “aplicando los respectivos intereses sobre un capital diferente al suscrito inicialmente”. Por esa razón la entidad fue sancionada por “información engañosa”.
El consumidor, que se rehusaba a pagar una suma que no correspondía con lo desembolsado y prestado, según la SIC, reclamó ante la cooperativa, pero esta “omitió hacer pronunciamiento sobre las inconformidades planteadas por el usuario, continuando con el cobro de las sumas de dinero”.
Además de la multa, Comultrasan deberá devolver al consumidor los "saldos cobrados en exceso”.
La parte demandante, no obstante, presentó recurso de apelación. Por lo tanto, el proceso pasa a segunda instancia. Mientras tanto el apoderado de Comultrasan, Gabriel Porras, aseguró que no han sido notificados de la decisión judicial, pero anticipó que acudirán a la acción de tutela contra la sentencia, pues sostiene que la firma cumplió con todos los procedimientos y requerimientos en este caso.
La SIC recordó que “las estipulaciones especiales de los sistemas de crédito obligan a esas entidades a suministrar y tener a disposición de los consumidores la información referente a los conceptos que hacen parte del crédito como intereses, seguros, honorarios, estudios de créditos, títulos valores si fueron suscritos, entre otros”.