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Contraloría defiende fallo de responsabilidad fiscal por el caso de Reficar

Tras la decisión que obliga al contratista CB&I a pagar US$1.000 millones, exfuncionarios de la refinería de Cartagena pidieron que la Contraloría revise un fallo de responsabilidad fiscal de 2021. El órgano de control se pronunció al respecto. Le contamos los detalles.

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10 de junio de 2023 - 05:23 p. m.
Las obras de modernización en Reficar comenzaron en 2007 y se alargaron hasta 2015. / Reficar
Las obras de modernización en Reficar comenzaron en 2007 y se alargaron hasta 2015. / Reficar
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Las obras de modernización de Reficar se entregaron en 2015, después de 27 meses de retraso frente al plazo inicial. El costo final fue de US$8.016 millones, aunque el presupuesto era de US$3.777 millones.

Esta semana, la Cámara de Comercio Internacional falló a favor de Reficar (empresa de Ecopetrol) un proceso arbitral que sostenía la refinería con la empresa CB&I desde 2016. La decisión —relacionada con los problemas que hubo en las obras de ampliación y modernización de la refinería— ordena el pago de más de US$1.000 millones por parte del contratista (además de los intereses causados desde finales de 2015).

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Después de que se conociera la decisión, exdirectivos y exfuncionarios de Reficar aseguraron en una carta que el fallo arbitral contra CB&I desvirtúa un fallo de responsabilidad fiscal que profirió la Contraloría en su contra, por $2,9 billones, en abril de 2021. El órgano de control respondió a estas declaraciones y dijo, en palabras sencillas, que una cosa no tiene que ver con la otra.

Lo que piden los exfuncionarios

Los firmantes de la carta (Javier Gutiérrez, Orlando Cabrales, Carlos Bustillo, Pedro Rosales, Andrés Riera, Uriel Salazar, Magda Manosalva, Diana Calixto y Reyes Reinoso) aseguran que el fallo de la Cámara de Comercio Internacional demuestra que la junta directiva tomó la mejor decisión al terminar el proyecto y después demandar a CB&I.

“Tras los incumplimientos constantes y reiterativos de CB&I, la junta directiva y la administración de Reficar siempre tuvieron claro que el proyecto debía terminarse para no quedar con un elefante blanco y que luego se harían las reclamaciones correspondientes, tal y como se hizo ante el Tribunal Internacional”.

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Los exfuncionarios agregan que el monto del fallo equivale a $4,2 billones de hoy, dinero que recuperaría Reficar y que “supera ampliamente el supuesto daño fiscal de $2,9 billones determinado por la Contraloría”. Y argumentan que siempre se le manifestó al órgano de control que la refinería costó más de lo propuesto, principalmente, por los incumplimientos de CB&I, por imprevistos como la huelga y porque el costo inicial calculado por el contratista estaba subestimado.

En la carta recuerdan que la Procuraduría investigó durante ocho años a los miembros de la junta directiva y a funcionarios de la administración y concluyó que no hubo corrupción e incluso destacó la importancia de haber terminado la refinería.

Por eso piden que la Contraloría revise la decisión que tomó contra los directivos que, “en todo caso, será determinante en los procesos judiciales por ellos iniciados para obtener la nulidad del fallo proferido en su contra”.

La respuesta de la Contraloría

La Contraloría sostiene que el fallo de responsabilidad fiscal contra cinco exfuncionarios de la empresa (incluyendo dos presidentes), siete miembros de su junta directiva y cuatro contratistas, se dio por los mayores valores que se invirtieron en la construcción para la modernización de Reficar.

El órgano de control afirma que se realizaron gastos que no tenían que ver con la modernización, que hubo “baja productividad de la mano de obra directa, mayores gastos en personal y demoras en actividades propias del proyecto causadas por acciones y omisiones por parte de la junta directiva de Reficar, la administración, el contratista y el supervisor”.

Esas mayores inversiones —dice la Contraloría— “consistieron en retrabajos, reprocesos, sobrantes excesivos en inventarios, gastos no asociados a la construcción del activo de refinación y la falta de razonabilidad de los pagos recibidos en el contrato de costos reembolsables”.

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Ahora bien, frente a las declaraciones de los exfuncionarios, la Contraloría dice que la acción de responsabilidad fiscal tiene un carácter autónomo e independiente (que reconoce la Corte Constitucional) y que “no se refiriere al cumplimiento o incumplimiento del contrato, sino a los efectos de la gestión sobre el patrimonio público”.

Entonces, aunque en ambos casos se está hablando de la contratación para la modernización de Reficar, el órgano de control dice que los parámetros para juzgar la responsabilidad fiscal son diferentes a los establecidos por otras normas en cuanto a responsabilidades.

Básicamente, que el fallo de la Cámara de Comercio Internacional no sustituye ni modifica su decisión.

“Para la Contraloría es claro que no es lo mismo declarar la existencia de un daño a los bienes del Estado y deducir la responsabilidad de las personas que lo causaron, que determinar si las partes de un contrato cumplieron sus obligaciones (...) El comunicado firmado por los responsables fiscales aludidos, no puede llevar a la revisión o anulación del fallo con responsabilidad fiscal debidamente ejecutoriado y sujeto a control jurisdiccional mediante las demandas interpuestas en su momento por los presidentes, directivos, miembros de junta directiva y los propios contratistas, e igualmente sometido a control vía acción de tutela; donde se verificó tanto el trámite adelantado, como el respeto por las garantías procesales de los involucrados”.

Probablemente, y según lo expuesto por los exfuncionarios, este no es el punto final en el pleito por las obras de modernización de Reficar.

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