Publicidad

Demandan ley antitrámites

Esta norma estableció que los automóviles nuevos deben hacer su primera revisión en el sexto año, pero Mintransporte mediante circular la volvió retroactiva, dicen sus críticos.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
Redacción Negocios
22 de febrero de 2012 - 11:57 p. m.
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

Pese a que no comparten el espíritu del artículo 202 de la Ley Antitrámites, que establece que la primera revisión técnico-mecánica de los automóviles nuevos debe hacerse en el sexto año, los dueños de los 320 centros de diagnostico automotor le pidieron al Gobierno que aplique la ley tal y como fue expedida y no permita que mediante una circular el Ministerio de Transporte interprete mal el artículo y haga retroactiva la medida.

Así lo señaló el presidente de la Asociación Nacional de Centros de Diagnóstico Automotor, Gonzalo Corredor, quien explicó que la posición del Ministerio atenta contra la seguridad vial y ambiental, ya que estos vehículos con seis años de uso, de no tener el mantenimiento adecuado, pueden contribuir a incrementar el índice de accidentalidad en el país.

Pero también atenta contra la parte financiera de las 320 empresas que nos dedicamos a esta labor, ya que si bien la evasión de la revisión técnico-mecánica es del 59 %, los ingresos se reducirán porque unos 100 mil vehículos serán cobijados por la retroactividad del Ministerio.

“Aunque no compartimos lo de los seis años, lo respetamos, pero que no sea retroactivo, sino que la medida se aplique a los que se matricularon después del 10 de enero de 2012, fecha en la que se expidió el Decreto Ley 019”.

Corredor explicó que muchos vehículos nuevos no cumplen con la emisión de gases, lo que atenta contra el medio ambiente y de paso contra la vida del ser humano.

El dirigente señaló que adicionalmente a sus reclamaciones, el expresidente de la Corte Constitucional José Gregorio Hernández presentó una demanda por inconstitucionalidad del artículo 202 de la Ley Antitrámites.

La demanda se basó en tres aspectos: el decreto ley no puede reformar códigos y esta ley modifica el Código Nacional de Tránsito al señalar que la primera revisión de los automóviles se hará cada seis años y no cada dos como estaba antes. Segundo, el Estado no puede desproteger la vida en cuanto a la seguridad vial y lo hace al pasar de dos a seis años la primera revisión, lo que podría incrementar la accidentalidad debido al deterioro de las piezas del automotor. Y tercero, la afectación del medio ambiente.

Por Redacción Negocios

Conoce más

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.