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El día de la familia es un derecho de los trabajadores en Colombia: les permite solicitar dos medias jornadas semestrales para estar, como su nombre lo indica, con su familia.
El beneficio nació con la Ley 1857 de 2017. Sin embargo, tiene fecha de caducidad debido a la implementación total de la reducción de la jornada laboral semanal establecida en la Ley 2101 de 2021.
¿Por qué desaparecerá el día de la familia?
La Ley 2101 de 2021 está reduciendo de forma progresiva la jornada laboral semanal en Colombia: pasará de 48 a 42 horas en 2026.
Cuando esto ocurra, el 15 de julio de 2026, el día de la familia dejará de ser obligatorio para los empleadores.
El cronograma de la reducción de la jornada laboral está en curso y es el siguiente:
- Desde el 15 de julio de 2023: 47 horas semanales (ya se cumplió).
- Desde el 15 de julio de 2024: 46 horas semanales (ya se cumplió).
- Desde el 15 de julio de 2025 (el próximo martes): 44 horas semanales.
- Desde el 15 de julio de 2026: 42 horas semanales (pendiente).
Así las cosas, cuando la jornada laboral llegue a las 42 horas, los empleadores no estarán obligados a otorgar el día de la familia. El argumento es que el tiempo adicional libre cada semana compensa la eliminación de este beneficio semestral.
Otro beneficio de los empleados que desaparecerá el 15 de julio del otro año son las dos horas semanales destinadas para actividades recreativas o culturales para las empresas con más de 50 empleados.
¿Qué puede hacer mientras tanto?
Mientras desaparece el día de la familia, los trabajadores pueden aprovecharlo de la siguiente forma:
- Consulte con su empleador: pregunte por los días disponibles y asegúrese de que se los otorguen en cada semestre.
- Haga valer sus derechos: si no le han otorgado el día de la familia, solicite explicaciones y, si es necesario, presente una queja formal ante el Ministerio de Trabajo.
- Planee su tiempo: aproveche este beneficio para fortalecer sus relaciones familiares y mantener el equilibrio entre su vida laboral y personal.
🚨 Atención: el día de la familia no es acumulable, por lo que si no se disfruta en el semestre correspondiente, no se puede trasladar automáticamente al siguiente.
Además, si el empleador otorgó el día, pero el trabajador no lo utilizó, no habrá lugar a reclamos.
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