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Duque firmó decreto de subsidios para empresas que generen empleos para jóvenes

El Gobierno también amplió el subsidio para las empresas que contraten a colombianos mayores de 28 años.

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30 de octubre de 2021 - 06:38 p. m.
La norma establece que el incentivo a la generación de nuevos empleos entrará a regir desde la promulgación de la Ley de Inversión Social y hasta agosto de 2023. Pixabay
La norma establece que el incentivo a la generación de nuevos empleos entrará a regir desde la promulgación de la Ley de Inversión Social y hasta agosto de 2023. Pixabay
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Iván Duque Márquez, presidente de la República, firmó el Decreto 1399 del 29 de octubre de 2021, en el cual se reglamenta el subsidio del 25 % de un salario mínimo que pagará el Estado a los empresarios y cooperativas que generen nuevos empleos para colombianos entre 18 y 28 años, así como los beneficios para mayores de 28 años.

De acuerdo con el comunicado de Presidencia de la República, esta norma amplía lo establecido en el Decreto 688 del 24 de junio de 2021, en el que se determinó el subsidio para la generación de empleo para jóvenes entre 18 y 28 años de la “Estrategia Sacúdete”.

El nuevo decreto se refiere, específicamente, a la generación de nuevos empleos que “correspondan a jóvenes entre 18 y 28 años de edad” para lo cual “el empleador recibirá como incentivo un aporte estatal equivalente al 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente por cada uno de estos trabajadores adicionales”, se lee en el comunicado.

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Además, el Gobierno amplió el subsidio para las empresas que contraten a colombianos mayores de 28 años. “Ampliamos el programa para empleo joven con subsidios de un salario mínimo, equivalente a la seguridad social, del 10 % para hombres y 15 % para mujeres mayores de 28 años. Así, enfrentamos el desempleo joven”, escribió el presidente Duque en su cuenta de Twitter.

En el Decreto 1399 se establece que “tratándose de trabajadores adicionales que no correspondan a los jóvenes a que hace referencia el numeral anterior, que devenguen y por tanto coticen hasta tres salarios mínimos mensuales legales vigentes, el empleador recibirá como incentivo un aporte estatal equivalente al 10% de un salario mínimo legal mensual vigente por cada uno de estos trabajadores”.

Sobre las trabajadoras mujeres mayores de 28 años de edad, que devenguen y coticen hasta tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, el decreto señala que el empleador recibirá como incentivo un aporte estatal equivalente al 15 % de un salario mínimo legal mensual vigente por cada una de estas trabajadoras adicionales.

La norma establece que el incentivo a la generación de nuevos empleos entrará a regir desde la promulgación de la Ley de Inversión Social y hasta agosto de 2023. “El empleador solo podrá recibir dentro de la vigencia de este incentivo, un máximo de doce pagos”, explica Presidencia.

Los beneficiarios del incentivo a la generación de nuevos empleos son personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas que “demuestren su calidad de empleador mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado, respecto de sus trabajadores asociados, el mes completo al Sistema de Seguridad Social Integral”.

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