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El presidente Petro asumiría la administración de los servicios públicos

El borrador del decreto que le devolvería esta función al presidente Gustavo Petro y establece las reglas en que debería hacerlo.

07 de febrero de 2023 - 05:43 p. m.
Este decreto se sometería a los mandatos de las leyes 142, 143, 1755 y las normas concordantes.
Este decreto se sometería a los mandatos de las leyes 142, 143, 1755 y las normas concordantes.
Foto: EFE - José Jácome

Ya está listo el borrador de decreto que le permitirá al presidente Gustavo Petro asumir las funciones para controlar las comisiones de regulación de servicios públicos. En estas se incluyen la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

El presidente Petro ya había dicho que, con base en el artículo 370 de la Constitución, y el 68 de la Ley 142 de 1994, retomará el control de las políticas generales de administración de servicios públicos, los cuales la presidencia del país había delegado a las comisiones reguladoras.

La decisión del mayor mandatario se enmarca en su promesa de mitigar el precio de los servicios públicos, especialmente el de la energía, debido a la elevada presión inflacionaria.

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Ahora bien, el borrador del decreto establece que el presidente podrá “reasumir las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Energía y Gas y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico efectuadas mediante los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y demás normas concordantes”.

Aunque para tomar las decisiones, “el presidente podrá solicitar el apoyo técnico de las Comisiones de Regulación y demás entidades de cada sector”.

El artículo tres da los lineamientos generales de las disposiciones regulatorias:

  • Sujeción a los principios, fines y valores constitucionales y legales.
  • Garantía de la divulgación y la participación ciudadana en las actuaciones en esta materia.
  • Pertinencia, oportunidad y calidad que garanticen los principios de eficiencia, suficiencia, integralidad y solidaridad tarifaria.
  • Criterios del régimen tarifario de eficiencia económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad y transparencia.

Al respecto de esta iniciativa se pronunció el Contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra. Él explicó que el presidente puede retomar funciones que se habían delegado, pero que la recomendación que hace la entidad es que “se realice desde el punto de vista técnico, con todo el rigor”.

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