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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) multó con $2.463 millones a Claro por publicidad engañosa al difundir información incompleta e inexacta sobre las condiciones de acceso al servicio de internet fijo con tarifa social para estratos 1 y 2. Para la entidad la información difundida indujo al error, engañó y confundió a los usuarios.
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La SIC pudo establecer que Claro incumplió su obligación de informar que estos servicios estaban dirigidos a ciudadanos de estratos 1 y 2 y a beneficiarios de la Ley 1699 de 2013 (pensionados de la Fuerza Pública con discapacidad y los sobrevivientes de integrantes de las Fuerzas militares o Policía Nacional, fallecidos por hechos o actos ocurridos por causa y razón del servicio, por acción directa del enemigo o en combate).
Tampoco informó que solamente está dirigida a usuarios nuevos, es decir, que el titular y los miembros de su núcleo familiar no hubieran contado con servicio de internet fijo dentro de los 6 meses anteriores.
Y finalmente la SIC encontró que Claro no indicó a los usuarios que las tarifas fijas del servicio de internet fijo correspondían a $8.613 (estrato 1) y $19.074 (estrato 2).
“La Superintendencia de Industria y Comercio a partir del análisis de las evidencias, pudo establecer que Claro estaba condicionando el acceso de las tarifas sociales a la suscripción de contratos empaquetados, circunstancia que terminaba por confundir a los potenciales beneficiarios del servicio de internet fijo con tarifas sociales, pues al no ofrecerlo de manera individual – tal cual lo garantizan los contratos de aporte firmados entre el MinTIC y Claro - se indujo en error, engaño y/o confusión a los ciudadanos que pretendían adquirir este servicio en las condiciones ya planteadas”, explicó la SIC.
Frente a la multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio a Claro proceden los recursos de reposición y de apelación.