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Ordenan levantar embargo contra EPM en caso por ejecución de la PTAR Aguas Claras

El embargo por hasta $30.000 millones había sido ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Bello en contra de EPM, ANEPM y el Área Metropolitana del Valle de Aburrá.

21 de agosto de 2021 - 10:28 p. m.
La demanda de acción de grupo en la que se originó el embargo (por hasta $30.000 millones) tiene fundamento en la presunta mala prestación del servicio público de tratamiento de aguas residuales en la Planta de Tratamiento de Aguas Claras.
La demanda de acción de grupo en la que se originó el embargo (por hasta $30.000 millones) tiene fundamento en la presunta mala prestación del servicio público de tratamiento de aguas residuales en la Planta de Tratamiento de Aguas Claras.
Foto: Getty Images

La Sala Primera de Decisión Civil del Tribunal Superior de Medellín ordenó al Juzgado Primero Civil del Circuito de Bello levantar el embargo de las cuentas de Empresas Públicas de Medellín (EPM), Aguas Nacionales EPM (ANEPM) y Área Metropolitana del Valle de Aburrá, embargo que se había dictado el pasado 22 de julio en el marco de un caso judicial por la ejecución del proyecto de tratamiento de aguas residuales en el municipio de Bello, Antioquia.

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La sala del tribunal tuteló el derecho de estas entidades al debido proceso, por lo cual en 48 horas se deberá dejar sin efectos el embargo, la vinculación de las entidades al proceso judicial y el traslado del caso al Tribunal Administrativo de Antioquia.

El tribunal superior encontró que el juzgado decretó una medida cautelar sin análisis de razonabilidad, necesidad ni proporcionalidad.

La demanda de acción de grupo en la que se originó el embargo (por hasta $30.000 millones) tiene fundamento en la presunta mala prestación del servicio público de tratamiento de aguas residuales en la Planta de Tratamiento de Aguas Claras. Los demandados son las empresas privadas HMV Ingenieros, Nippon Koei LAC, INC. Sucursal Colombia, Sedic S. A., Hyundai Engineering Co LTD Sucursal Colombia y Poyry Environment.

Los ciudadanos demandantes esperan una indemnización por los perjuicios causados por los malos olores derivados de la ejecución del proyecto de aguas residuales y consideran que la mayor responsabilidad es del Área Metropolitana por no realizar el adecuado control ambiental, por lo que estaban de acuerdo con las medidas cautelares ordenadas por el juzgado.

Al respecto de la decisión del tribunal, EPM, a través de un comunicado, informó que “procederá de inmediato a gestionar ante el juzgado para que expida los oficios con destino a los bancos, con miras a que la medida de embargo sea levantada y se materialice esta decisión lo más pronto posible”.

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