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Millones de empleadores y trabajadores hoy tienen incertidumbre sobre lo que pueda pasar con el salario mínimo.
El Consejo de Estado aceptó las denuncias que se interpusieron al decreto que expidió el año pasado el presidente Gustavo Petro, mediante el cual se adoptó un incremento del 23 % para el salario mínimo. Los cuestionamientos apuntan a que esta alza no cuenta con una base técnica que la sustente.
La ley que marca los parámetros para el incremento del salario mínimo es la 278 de 1996. En esta se especifica que, para calcular el ajuste salarial, deben tenerse en cuenta variables como la productividad, la inflación proyectada y el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB).
Ninguna de estas fue la base principal que empleó el Gobierno para el establecimiento del 23 %. En su lugar, el Ejecutivo adoptó otra variable, la del salario mínimo vital, un concepto impulsado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y que básicamente consiste en la remuneración que debe recibir un trabajador para satisfacer sus necesidades más básicas, y las de su familia.
En un reporte entregado en diciembre al Ministerio de Trabajo, la OIT precisó que el salario mínimo de 2025 tenía una brecha del 28 % frente al salario mínimo vital. El Gobierno determinó que un aumento del 23 % era razonable.
Según lo explicado por el jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales del Ministerio de Trabajo, Diego Garzón, se estableció que como mínimo un adulto debe consumir 2.856 calorías al día, lo que en pesos se traduce en un gasto mensual de COP 394.819. Para un hogar de cuatro personas, esta cifra llega a los COP 1.288.654. En costos de vivienda (durabilidad, espacio, instalaciones y accesorios), tener una que se considere digna ronda los COP 143.099 por persona, que serían COP 587.192 para un hogar de cuatro. Si se suma el costo de los servicios públicos, de COP 124.588, da un total de COP 711.780.
Finalmente están los rubros de salud, educación y otros gastos esenciales (transporte, ropa, productos de limpieza y comunicaciones). Por persona son COP 154.606, mientras que las otras necesidades del hogar suman COP 827.549.
En suma, un salario mínimo vital y móvil para un hogar de cuatro integrantes es de COP 2.982.960. Lo que el Ministerio de Trabajo y las centrales obreras sostienen con estas cifras es que el ingreso más básico que hoy reciben los trabajadores en Colombia está por debajo de lo que organismos como la OIT consideran como un umbral mínimo.
Sobre si cuenta, o no con los criterios que pide la ley (las variables de dice la Ley 278), la defensa que ha manifestado el Gobierno es que la adopción de esta variable se basa en el artículo 53 de la Constitución.
En el corto plazo, el Gobierno deberá emitir un nuevo documento con una cifra que, como lo ordena el Consejo de Estado, debe cumplir con los parámetros que establece la legislación Colombiana. Según lo manifestado por el ministro de Trabajo, se defenderá la cifra del 23 %. Es probable que incluso el nuevo incremento sea superior, y que se presente un 25 %, por ejemplo, ya que, como se mencionó antes, la brecha que hoy se tiene con el salario mínimo vital es del 28 %.
También puede pasar que el Gobierno termine desestimando la orientación de la OIT y decida acogerse a los parámetros que estrictamente establece la Ley 278 de 1996, y arroje una cifra cercana al 7 % o 10 % (esto es muy incierto) teniendo en cuenta no solo la inflación y la productividad, sino también el denominado aumento real.
Hay que tener en cuenta que la cifra que se expida en los próximos días (en los 8 días que le dio de plazo el Consejo de Estado al Gobierno) es transitoria, mientras el alto tribunal determina si la sustentación técnica del 23 % es válida.
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