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Auxilio funerario en 2025: de cuánto es y qué requisitos hay para reclamarlo

Este es un derecho al que tienen acceso quienes asuman los gastos de entierro de un afiliado o pensionado. Aquí le contamos.

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08 de febrero de 2025 - 02:43 p. m.
Entienda la diferencia entre auxilio funerario y seguro funerario.
Entienda la diferencia entre auxilio funerario y seguro funerario.
Foto: Funeraria Capillas de la Fe
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Los servicios funerarios no son económicos en Colombia. Estos gastos pueden rondar entre los $5 millones y los $12 millones, dependiendo de la cantidad y calidad de lo contratado.

Más allá del impacto emocional, no tener un seguro funerario puede implicar un golpe importante para las finanzas de las familias cuando pierden a un ser querido. Es por lo anterior que es relevante saber sobre el auxilio funerario.

Según la ley 2381 de 2024, este es un beneficio que se le otorga a la persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o pensionado.

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Esta persona tendrá derecho a recibir un auxilio equivalente al último salario base de cotización, o al valor que corresponda a la última mesada pensional recibida, según sea el caso (es decir, dependiendo de si era afiliado o pensionado). En todo caso, este beneficio nunca podrá ser inferior a los cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), ni superior a los diez.

Teniendo en cuenta que el salario mínimo varía en cada año, hay que tener presente que, para 2025, cinco salarios mínimos son $7.117.500 y diez salarios mínimos son $14.235.000.

Según lo especificado por la mencionada ley, esta prestación será asumida y pagada por el Componente de Prima Media administrado por Colpensiones.

En la página web de Colpensiones se detalla que para solicitar el auxilio la persona tiene un plazo de hasta tres años contados a partir de la fecha del fallecimiento, o de lo contrario este beneficio prescribirá.

El trámite se puede hacer dirigiéndose a un punto de atención de Colpensiones, o en su sucursal virtual. El tiempo promedio de respuesta es de dos meses.

Tenga en cuenta que, a diferencia de los seguros funerarios, este auxilio no cubre al beneficiario de forma inmediata. Por su naturaleza es la persona quien debe gestionar los recursos para atender estos gastos y, luego, solicitar el dinero. En cambio, las aseguradoras brindan la atención tan pronto ocurre el siniestro.

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