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Están ubicadas en postes amarillos, separadores o semáforos y pueden detectar infracciones de tránsito de forma automática. Desde hace algunos años, las cámaras de fotomulta están siendo el “terror” de los conductores en Colombia, porque están siempre atentas a las malas conductas en la vía.
Si no quiere que un día le llegue una foto de su vehículo en el momento exacto en el que usted o alguien de su familia cometía una infracción de tránsito, junto con el respectivo comparendo (que puede llegar a costarle hasta $1 millón), esté atento a las faltas más comunes que son detectadas a través de cámaras de fotomulta.
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Solo en Bogotá hay 72 de estos equipos, los cuales cubren 92 puntos estratégicos de alta accidentalidad. Por lo que es muy probable que se cruce con una cámara de fotomulta en casi cualquier trayecto. Cabe recordar que, a través de la sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional estableció que no importa quién esté manejando el vehículo, si le ponen un comparendo el dueño del vehículo debe responder ante las autoridades.
¡Pilas! Estas son las multas más comunes
Las cámaras de fotomulta pueden detectar de forma automática conductas como:
📌 Conducir en exceso de velocidad o a una velocidad superior a la permitida en calles o carreteras.
📌 No respetar pasos peatonales. “Comerse un pare” también está incluido aquí.
📌 Sacar el carro sin SOAT vigente (las cámaras identifican la placa del vehículo y las autoridades la cotejan con el registro del SOAT).
📌 No realizar la revisión técnico-mecánica en los plazos establecidos
📌 No detenerse en un semáforo en rojo o, incluso, en amarillo.
Tenga en cuenta que las llamadas “cámaras salvavidas” pueden multar a los conductores que superen los 30km/h. Entre las razones se encuentran: No reducir la velocidad en zonas residenciales, escolares o de alta afluencia de peatones, no se respetar las señales de tránsito, ir a alta velocidad cerca de una intersección vial, entre otras.
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¿Cómo saber si tengo un a fotomulta pendiente?
Existen varias formas de saber si usted tiene a su nombre un comparendo o multa de tránsito:
- Notificación oficial mediante un correo postal: a través de este medio recibirá una notificación oficial en el domicilio registrado del propietario del vehículo. Recuerde que este documento contiene la infracción, ubicación y fecha en que se dio el desacato, consecuencias legales y procedimiento para hacer el pago de la multa o presentar la reclamación.
- Notificación correo electrónico o por mensaje de texto: mediante un link que llegará a su correo, podrá obtener la información detallada de la multa. Sin embargo, recuerde verificar que sea un link oficial, ya que podría estar cayendo en una estafa.
- Consultando la página de secretaría de movilidad: donde digitando su número de cédula conocerá el número de multas pendientes por pagar.
¿Se puede impugnar una fotomulta?
Para impugnar las fotomultas no es necesario tener abogado. En la página web de la Secretaría de Movilidad de su ciudad, usted puede agendar una audiencia pública. Posterior a este proceso, la entidad procederá con la asignación de la cita que se podrá realizar de forma presencial o virtual.
Es así como el multado podrá solicitar que se le realice el debido proceso y la identificación del vehículo. En la audiencia podrá presentar las pruebas que considere pertinentes, conducentes y útiles y, de ser posible, la autoridad de tránsito fallará ese mismo día. De lo contrario, la audiencia se suspenderá para continuar en una próxima audiencia para realizar la práctica de pruebas y el fallo.
¿Cómo obtener el 50 % de descuento en la fotomulta?
Si las personas multadas realizan el curso pedagógico dentro de los siguientes 11 días hábiles a la notificación del comparendo, podrán acceder a un descuento del 50%. De no ser así, podrán acceder al 25 % de descuento si realizan el curso y el pago entre los 12 y los 26 días hábiles siguientes a la fecha de notificación.
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