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Colapsó el sistema de la DIAN y ahora hay plazo extra para hacer trámites

La entidad declaró una contingencia informática por problemas técnicos en su plataforma. La medida cobija a contribuyentes y usuarios aduaneros afectados desde el 12 de mayo.

Redacción Economía

13 de mayo de 2025 - 05:19 p. m.
Los afectados por la caída en el sistema de la DIAN podrán hacer sus obligaciones hasta el día siguiente en que se restablezca por completo el sistema. Imagen de referencia.
Foto: Analdex
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reconoció oficialmente que su plataforma digital viene presentando fallas técnicas, lo que impidió a miles de contribuyentes presentar declaraciones de impuestos o reportar información exógena este martes 13 de mayo.

Por esa razón, la entidad declaró una contingencia y amplió los plazos de trámites para quienes se vieron afectados.

¿Qué facilidades anunció la DIAN?

La ampliación de plazos aplica para quienes tenían vencimientos en trámites a partir del 12 de mayo, especialmente los declarantes con NIT terminados en 2 o más, los obligados a presentar información exógena desde el 13 de mayo y los usuarios aduaneros que no han podido realizar sus trámites.

Todos ellos podrán cumplir sus obligaciones hasta el día siguiente en que se restablezca por completo el sistema.

Según el comunicado oficial, la DIAN instaló un Puesto de Mando Unificado (PMU) para hacerle seguimiento en tiempo real al estado de la plataforma y restablecer el servicio “en el menor tiempo posible”.

¿Qué pasó con el sistema?

Entre el lunes y el martes, usuarios habían reportado errores intermitentes, demoras al firmar o pagar y dificultades de acceso.

Aunque la DIAN sostuvo inicialmente que el sistema se mantenía operativo, el colapso fue evidente durante uno de los momentos más exigentes del calendario tributario.

El 12 de mayo se recibieron más de 137.000 declaraciones, según cifras de la entidad, con alta concentración en los formularios de impuesto de renta, IVA y retención en la fuente. Sin embargo, las quejas de usuarios se multiplicaron, lo que obligó a declarar la contingencia bajo el marco del artículo 579-2 del Estatuto Tributario.

Para los usuarios aduaneros, la DIAN recordó que pueden reportar los fallos a través de canales oficiales y solicitar trámites manuales, siempre que documenten el error con capturas de pantalla y una descripción del problema.

La entidad informará en su portal web una vez se supere la contingencia. A partir de ese momento, correrá el nuevo plazo para declarar o reportar sin sanciones.

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