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                                                                                                                              Conozca las fechas para reclamar el pago del sexto ciclo de Colombia Mayor

                                                                                                                              Este beneficio entrega un subsidio de $80.000 mensuales a los adultos mayores del país que carecen de rentas u otros ingresos para subsistir.

                                                                                                                              Pueden recibir este beneficio personas que, además de carecer de ingresos económicos, tengan como mínimo tres años menos antes de cumplir la edad de pensión.
                                                                                                                              Foto: GETTY IAMG

                                                                                                                              Continúan las ayudas económicas gubernamentales para favorecer las poblaciones en condición de vulnerabilidad y pobreza. Prosperidad Social comunicó este miércoles que está próximo a iniciarse el pago correspondiente al sexto ciclo de Colombia Mayor.

                                                                                                                              Hay que recordar que este subsidio cobija a los colombianos que han residido en el territorio nacional en los últimos diez años, que cuentan con por lo menos tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (54 años para mujeres y 59 años para hombres) y que carecen de rentas o ingresos suficientes para subsistir.

                                                                                                                              Lea también: Le explicamos cómo saber si es parte del nuevo ciclo de pagos de Ingreso Solidario

                                                                                                                              Prosperidad Social detalló que a partir del 1 de julio, y hasta el día 15 del mismo mes, los beneficiarios podrán recibir este incentivo económico. Para esto, el Gobierno ha destinado una inversión que supera los $147.000 millones, los cuales serán repartidos en $80.000 mensuales para cada adulto mayor (para el caso de Bogotá, los cobijados reciben una suma adicional, cofinanciada por el Distrito). En suma, con estos recursos se espera cobijar a 1 ‘668.727 personas.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Le puede interesar: ¿Les giraron dinero de subsidios a fallecidos?

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                                                                                                                              “Colombia Mayor es uno de los cinco programas de transferencias monetarias con los que Prosperidad Social encabezó una transformación en superación de pobreza: incidieron en la reducción de 3,6 puntos porcentuales en la pobreza monetaria y de 4 puntos porcentuales de la pobreza extrema, durante 2021. En todos los programas, la entidad invirtió más de 13,4 billones de pesos, para atender a hogares en situación de pobreza durante el año pasado”, detalló la entidad.

                                                                                                                              Si aún no se ha inscrito a este programa, estas son las indicaciones para hacerlo:

                                                                                                                              1. El adulto mayor se acerca a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en la ciudad de Bogotá se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.
                                                                                                                              2. La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
                                                                                                                              3. Posteriormente a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta.
                                                                                                                              4. A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los Criterios de priorización los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
                                                                                                                              5. Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; en la medida que se liberan cupos sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios, de acuerdo con los siguientes criterios:
                                                                                                                                • La edad del aspirante.
                                                                                                                                • El resultado SISBÉN establecido para el ingreso al programa o el listado censal para el caso de los pueblos indígenas.
                                                                                                                                • La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
                                                                                                                                • Personas a cargo del aspirante.
                                                                                                                                • Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de alguna persona.
                                                                                                                                • Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema, En este evento el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.
                                                                                                                                • Pérdida del subsidio por traslado a otro municipio.
                                                                                                                                • Fecha de solicitud de inscripción al programa.
                                                                                                                              1. Si posterior a los cruces de información realizada a través de diferentes fuentes del nivel nacional, se evidencia que el aspirante no cumple con alguno de los requisitos de ingreso, se notifica a la alcaldía para realizar la verificación en territorio.

                                                                                                                              💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

                                                                                                                              Pueden recibir este beneficio personas que, además de carecer de ingresos económicos, tengan como mínimo tres años menos antes de cumplir la edad de pensión.
                                                                                                                              Foto: GETTY IAMG

                                                                                                                              Continúan las ayudas económicas gubernamentales para favorecer las poblaciones en condición de vulnerabilidad y pobreza. Prosperidad Social comunicó este miércoles que está próximo a iniciarse el pago correspondiente al sexto ciclo de Colombia Mayor.

                                                                                                                              Hay que recordar que este subsidio cobija a los colombianos que han residido en el territorio nacional en los últimos diez años, que cuentan con por lo menos tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (54 años para mujeres y 59 años para hombres) y que carecen de rentas o ingresos suficientes para subsistir.

                                                                                                                              Lea también: Le explicamos cómo saber si es parte del nuevo ciclo de pagos de Ingreso Solidario

                                                                                                                              Prosperidad Social detalló que a partir del 1 de julio, y hasta el día 15 del mismo mes, los beneficiarios podrán recibir este incentivo económico. Para esto, el Gobierno ha destinado una inversión que supera los $147.000 millones, los cuales serán repartidos en $80.000 mensuales para cada adulto mayor (para el caso de Bogotá, los cobijados reciben una suma adicional, cofinanciada por el Distrito). En suma, con estos recursos se espera cobijar a 1 ‘668.727 personas.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Le puede interesar: ¿Les giraron dinero de subsidios a fallecidos?

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                                                                                                                              “Colombia Mayor es uno de los cinco programas de transferencias monetarias con los que Prosperidad Social encabezó una transformación en superación de pobreza: incidieron en la reducción de 3,6 puntos porcentuales en la pobreza monetaria y de 4 puntos porcentuales de la pobreza extrema, durante 2021. En todos los programas, la entidad invirtió más de 13,4 billones de pesos, para atender a hogares en situación de pobreza durante el año pasado”, detalló la entidad.

                                                                                                                              Si aún no se ha inscrito a este programa, estas son las indicaciones para hacerlo:

                                                                                                                              1. El adulto mayor se acerca a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en la ciudad de Bogotá se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.
                                                                                                                              2. La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
                                                                                                                              3. Posteriormente a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta.
                                                                                                                              4. A través del sistema se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los Criterios de priorización los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
                                                                                                                              5. Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; en la medida que se liberan cupos sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios, de acuerdo con los siguientes criterios:
                                                                                                                                • La edad del aspirante.
                                                                                                                                • El resultado SISBÉN establecido para el ingreso al programa o el listado censal para el caso de los pueblos indígenas.
                                                                                                                                • La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
                                                                                                                                • Personas a cargo del aspirante.
                                                                                                                                • Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de alguna persona.
                                                                                                                                • Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema, En este evento el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.
                                                                                                                                • Pérdida del subsidio por traslado a otro municipio.
                                                                                                                                • Fecha de solicitud de inscripción al programa.
                                                                                                                              1. Si posterior a los cruces de información realizada a través de diferentes fuentes del nivel nacional, se evidencia que el aspirante no cumple con alguno de los requisitos de ingreso, se notifica a la alcaldía para realizar la verificación en territorio.

                                                                                                                              💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

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