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El próximo 17 de abril de 2026 será Día Cívico de la Paz con la Naturaleza en Colombia. Aunque la norma que reglamenta esta fecha fue expedida en 2024 (mediante el Decreto 500 de 2024), quedó establecido que la jornada se cumplirá el tercer viernes de abril de cada año, por lo que este año vuelve a aplicarse en esa fecha.
La medida cobija, en principio, a entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, pero no convierte el día en un festivo nacional.
Eso significa que ese día no trabajarán, en general, los servidores públicos de entidades nacionales de la Rama Ejecutiva, las cuales están cobijadas por el decreto. En el caso de las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, los entes autónomos y las ramas Legislativa y Judicial, el mismo decreto señala que serán autónomas para decidir si otorgan o no ese día como no hábil.
Además, la medida no cobija servicios que deban garantizar policía, salud pública, emergencias, atención y prevención de desastres, movilidad, seguridad y orden público.
¿Cómo se paga el Día Cívico si debe trabajar?
En materia de pago, el punto clave es que el Día Cívico no es un festivo legal como los previstos en la Ley 51 de 1983. Por eso, en el sector privado no opera como un descanso obligatorio general ni es motivo para que se genere un recargo de festivo. En el sector público nacional cobijado por la medida, se maneja como un día no hábil laboralmente, no como un feriado nacional.
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