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Conducir una motocicleta sin tener la licencia de conducción vigente —o sin haberla obtenido nunca— es una falta grave en Colombia. La ley establece sanciones económicas y la posible inmovilización del vehículo, lo que significa que sí pueden quitarle la moto si lo sorprenden conduciéndola sin los documentos requeridos.
¿Qué dice la norma?
El artículo 131 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) establece como infracción tipo C14: “Conducir un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente”.
Esta conducta se sanciona con una multa de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), lo que equivale a unos $309.000 pesos en 2025.
Además de la multa, la moto puede ser inmovilizada por parte del agente de tránsito. Esto implica que el vehículo será llevado a patios hasta que el conductor demuestre que tiene licencia o que otra persona autorizada con licencia la retire.
Además, conducir con una licencia vencida es equivalente, ante la ley, a no tenerla vigente, por lo que se aplica la misma sanción: multa e inmovilización del vehículo.
Para que la moto sea retirada del patio, se deben cumplir dos condiciones:
- Que una persona con licencia válida se acerque a retirarla (con los documentos al día).
- Que se paguen los gastos de grúa, patios y la multa, si ya fue impuesta.
Y, aunque la inmovilización puede afectar económicamente al conductor, la ley no contempla excepciones por razones laborales. No tener licencia es una infracción, y el vehículo solo podrá ser devuelto bajo las condiciones que establece el tránsito.
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