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¿Por qué piden la cédula al hacer compras en D1, Ara y más? ¿Es obligatorio darla?

Aunque es una práctica frecuente en Colombia, no siempre es un requisito legal. Estas son las situaciones en las que le pueden solicitar su documento de identidad para hacer una compra.

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23 de mayo de 2026 - 03:15 p. m.
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Foto: Tiendas D1
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Es común que le pidan su número de cédula a la hora de pagar en un supermercado como el D1, tiendas Ara, Ísimo o cualquier cadena similar que esté en su barrio.

Pese a la regularidad con la que sucede, vale preguntarse si es obligatorio dar el dato y si por negarse el establecimiento tiene derecho a no venderle.

En Colombia hay dos razones por las que le pueden pedir la cédula, física o el número, cuando va a pagar en un establecimiento comercial. La primera está relacionada con la facturación y la segunda, con el método de pago.

Para el primer caso vale decir que no es obligatorio (aunque sí un deber) dar su número de cédula ni pueden dejar de venderle por no hacerlo. El motivo por el que los establecimientos de comercio le solicitan el dato es para entregarle el recibo de su compra, especialmente si es electrónico.

¿Por qué debería dar su cédula y pedir la factura de la compra?

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) asegura que, en Colombia, todos los compradores tienen la obligación de exigir la factura por sus compras.

No solamente el vendedor tiene la obligación de expedir factura, los compradores deben solicitarla como soporte de las adquisiciones. “El no exigir factura cuando se realiza una transacción económica, ya sea de la compra un producto o solicitud de un servicio, genera perdida de dinero ya que el beneficio tributario del costo, deducción o descontable no se puede utilizar en las declaraciones tributarias”, asegura la entidad.

De otro lado, el segundo motivo por el que le pueden solicitar su cédula física o virtual es si va a pagar con tarjeta de crédito.

La Circular Externa 29 del 2014 establece que los establecimientos de comercio tienen la “obligación de verificar la firma y exigir la presentación del documento de identidad del cliente” cuando la tarjeta con la que paga no tenga código de seguridad, que es la generalidad con las de crédito.

En caso de que un comprador desee pagar con su tarjeta de crédito, pero no tenga cómo demostrar que efectivamente es suya, los establecimientos pueden exigirle que pague la compra con un método de pago diferente.

Por el contrario, la Superintendencia Financiera recuerda que no se establece como requisito esencial para realizar transacciones con tarjeta débito la presentación de la cédula de ciudadanía, en la medida en que para su utilización sea necesario digitar la clave o PIN que permite verificar los datos del titular de la tarjeta débito.

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Bukaros(25772)23 de mayo de 2026 - 03:39 p. m.
Pues yo creo que sí deben pedir el número de identificación para generar la factura de venta. Si no se hace ese control, muchos establecimientos dejarán de tributar y seguirán desfalcando al Estado con los impuestos que pagamos todos. Porque eso sí: cobran el IVA al consumidor, pero después no lo reportan y terminan robándose esa plata. Luego son los mismos que se quejan de que no hay recursos para inversión social, salud, educación o infraestructura. ¿Y cómo es eso que Éxito ahora impulsa campa
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