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¿Qué dice la ley sobre infidelidad en el matrimonio y sus consecuencias?

¿La infidelidad tiene efectos legales? Cuándo cuenta como causal de divorcio y qué pasa con los bienes, custodia de hijos y cuotas alimentarias.

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21 de octubre de 2025 - 09:01 p. m.
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La infidelidad, además de fracturar un hogar, tiene efectos jurídicos. Puede invocarse como causal de divorcio, incidir en la liquidación de bienes y derivar en ajustes de custodia y cuotas alimentarias.

Como explica el abogado de familia Jimmy Jiménez, el cónyuge afectado puede obtener cuotas alimentarias (según necesidad y capacidad) y, en escenarios de violencia y daño probado, reparación de perjuicios reconocida por un juez.

Divorcio por infidelidad

En el Código Civil colombiano, la infidelidad funciona como causal de divorcio cuando hay relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.

Sin embargo, no basta con solo tener la sospecha, pues el juez exigirá prueba o indicios serios (testimonios, mensajes, videos, circunstancias comprobables).

Además, el cónyuge que alega la causal tiene un plazo de un año desde que conoce los hechos para demandar; pasado ese tiempo, esa causal se pierde para ese caso.

¿Qué pasa con los bienes?

La infidelidad no borra lo construido patrimonialmente durante el matrimonio. Si hay sociedad conyugal, se liquida con las reglas de siempre: se identifican activos y pasivos, se mira la fecha de causación y se reparten derechos.

La causal de infidelidad puede acelerar el divorcio, pero no convierte el patrimonio en un castigo automático para quien fue infiel.

Custodia de los hijos

La custodia y los regímenes de visitas se deciden pensando en el interés superior del menor.

De ahí que la infidelidad, por sí sola, no define la custodia. Lo que pesa es la capacidad de cuidado de cada cónyuge, la estabilidad de estos y el plan de crianza.

Si durante el matrimonio se presentaron hechos de violencia, un juez puede imponer medidas de protección y ajustar tiempos y responsabilidades frente a los hijos.

Cuota alimentaria

Según el abogado Jimmy Jiménez, el cónyuge inocente puede recibir una cuota de alimentos a su favor cuando se cumplen los requisitos de necesidad y capacidad de pago de la otra parte.

Dicha cuota deberá cubrir gastos de vivienda, salud, educación, transporte y manutención. Cobijan siempre a los hijos (menores y, en ciertas condiciones, mayores de edad) y, en casos puntuales, pueden incluir un apoyo al cónyuge que lo requiera.

Jiménez precisa que el monto no es fijo, pues lo define la autoridad competente (juez de familia, Comisaría de Familia o ICBF) con base en ingresos y necesidades de la familia.

El abogado señala que, a grandes rasgos, la cuota puede llegar hasta el 50 % del ingreso del obligado, proporcional al número de hijos y a la realidad económica del caso.

¿Se puede pedir indemnización por infidelidad?

Aquí la clave, advierte Jiménez, es no confundir: la infidelidad por sí sola no genera una indemnización para el cónyuge afectado.

Sin embargo, “en casos en los cuales existe violencia, la parte afectada puede incluso solicitar una indemnización por daño”, indica.

El abogado agrega que “es muy probable que la persona que fue víctima de violencia de cualquier tipo, por parte de su pareja (siempre y cuando estén casados o en unión marital de hecho), pueda solicitar una reparación por daños y perjuicios ocasionados por su cónyuge o compañero permanente, si así lo estipula un juez”.

Lo anterior eso exige probar el hecho dañino, el daño real (físico, psicológico o económico) y la relación causal entre ambos para que el despacho valore y, si procede, condene en perjuicios.

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