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Este miércoles, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) radicó ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes un proyecto de ley que modifica la ley estatutaria 1581 de 2012, más conocida como Ley de habeas data.
En esta iniciativa ha participado la SIC en conjunto con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y la Procuraduría General de la Nación. El objetivo, señalan, es fortalecer el régimen jurídico de la protección de datos personales, así como actualizar la normatividad vigente.
“Luego de siete jornadas académicas lideradas por la SIC, en las que se reflexionó sobre el marco jurídico vigente, se construyeron las propuestas correspondientes a esta reforma. Desde la promulgación de la Ley 1581 de 2012, las actividades de tratamiento de datos personales han experimentado transformaciones sustanciales, principalmente por la evolución de la economía digital y por el acelerado desarrollo tecnológico”, dijo la SIC.
La autoridad precisa que no se pretende crear un nuevo marco regulatorio, sino más bien actualizar el vigente.
“En algunos puntos, esta reforma se alinea con los mejores estándares internacionales como los contenidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea y en la Ley General de Protección de Datos Personales de Brasil (LGPD). En otros, la reforma es producto de los aprendizajes de la experiencia colombiana, de la prolija actividad de nuestra Corte Constitucional y de la experiencia de más de 10 años de la Autoridad de Protección de Datos Personales”, señala el texto presentado en el Congreso”, manifestó la superintendente Cielo Rusinque.
La propuesta de nueva normativa aborda aspectos como la inteligencia artificial, comercio electrónico y otras realidades propias de la globalización de la economía.
Para la superintendente, esta iniciativa también buscará generar confianza en los inversionistas, así como establecer reglas claras para la protección de derechos fundamentales en el ámbito de los datos y en entornos digitales.
“A partir de ahora, y con la aprobación de esta ley, pretendemos que incluso agentes internacionales que utilicen los datos de los colombianos puedan y tengan que responder por el debido tratamiento de esa información”, agregó Rusinque.
Para la ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación, Yesenia Olaya: “Esta ley busca incentivar la innovación, la investigación científica y coloca nuevos conceptos científicos al servicio de la ciudadanía. Celebramos esta articulación del gobierno nacional porque pone al día con la ciencia y reconoce la especial protección que requieren los datos personales. Ahora cada ciudadano podrá decidir cómo se usa su información y exigir explicaciones claras cuando un algoritmo afecte sus oportunidades”.
Los siguientes son los aspectos del proyecto de ley que resalta la SIC:
• Ampliación del ámbito de aplicación: Se establece que la ley aplica cuando el tratamiento se lleve a cabo en el territorio colombiano, con independencia del lugar en que resida la persona que realice el tratamiento de esos datos personales.
• Inclusión de definiciones propias de las tecnologías emergentes como el tratamiento automatizado de datos y la elaboración de perfiles. El proyecto reconoce que hoy en día la tecnología permite, entre otros, analizar, evaluar, predecir, clasificar o tomar decisiones con base en datos personales.
• Principios actualizados: Se incorpora el principio de responsabilidad demostrada y se fortalece el principio de transparencia.
• Protección reforzada para niños, niñas y adolescentes: El proyecto permite el tratamiento de datos de mayores de 14 años con su autorización, pero mantiene los deberes del Estado, de la sociedad y de las entidades educativas, de informar y capacitar a docentes, padres y tutores sobre las ventajas y riesgos a los que se ven abocados los niños, niñas y adolescentes. De otra parte, se propone una prohibición de elaboración de perfiles de menores de 18 años que faciliten conductas que puedan perjudicar su desarrollo físico o mental, o que se adelanten con fines comerciales, entre otros.
• Bases legales claras para el tratamiento: Se amplían las condiciones bajo las cuales el tratamiento de datos es legítimo, más allá del consentimiento.
• Fortalecimiento institucional: Se fortalecen las capacidades y funciones de la Procuraduría General de la Nación como garante del derecho fundamental a la protección de datos personales en el sector público. Además, se amplían las funciones de la SIC como Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.
• Sanciones más efectivas: Se incrementan los topes de multas hasta 10.000 SMLMV, así como se incorpora un criterio alternativo o complementario para las sanciones, fijándolas en el 5% de los ingresos operacionales del infractor.
• Transferencias internacionales reguladas: Se exige que los países receptores de datos personales ofrezcan niveles adecuados de protección o garantías adicionales.
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