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Humedad en casa o apartamento en arriendo: ¿quién debe pagar las reparaciones?

¿El propietario o el inquilino? Le contamos qué dice la ley sobre quién debe encargarse de las reparaciones de un inmueble en arriendo.

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04 de noviembre de 2024 - 03:05 p. m.
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En Colombia, según datos del DANE, el 40,3 % de los hogares vive en arriendo o subarriendo. Una de las preguntas más frecuentes de los arrendatarios es quién debe pagar por los arreglos de la vivienda, especialmente cuando se trata de problemas que pueden afectar la salud, como la humedad.

Como explica el Ministerio de Justicia, es importante revisar lo establecido en el contrato de arrendamiento, que es la ley para las partes. Si allí hay alguna consideración al respecto, debe tenerla en cuenta.

En caso de que no haya claridad en el contrato, lo primero, de acuerdo con el Ministerio de Justicia, es identificar a qué categoría pertenece la reparación, pues de eso depende si el pago está a cargo del inquilino o del arrendatario (quien arrendó el inmueble).

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▶️Reparaciones indispensables o necesarias: son aquellas que se necesitan para que la casa o apartamento se pueda usar y se mantenga en buenas condiciones. En esta lista están, por ejemplo, las tuberías que producen filtraciones de agua.

Estos arreglos le corresponden al propietario de la vivienda, pero como arrendatario también puede encargarse y pedir un reembolso. Para eso, debe notificar al arrendador lo más pronto posible que se necesitan las reparaciones, probar que no son su culpa los daños y establecer que el arrendador, una vez fue informado, no realizó los arreglos.

▶️ Reparaciones locativas: son las que se deben hacer para mantener la vivienda en el mismo estado en el que la recibió el inquilino, por ejemplo, pintar la pared que está sucia.

Estos arreglos le corresponden al inquilino, pero si el deterioro se produce por fuerza mayor, caso fortuito o mala calidad de los materiales, le corresponde al arrendador.

▶️ Reparaciones útiles: aquellas que al realizarlas aumentan el valor del inmueble. El arrendador no está obligado a reembolsar el dinero de las mejoras si no dio su autorización previamente, pero como inquilino puede llevarse los materiales que uso sin causar daños.

Entre las obligaciones del arrendador, según el régimen de arrendamiento de vivienda urbana, está mantener el inmueble en buen estado para servir al fin que está en el contrato. Si la humedad no se debe a daños causados por el arrendatario, el dueño del inmueble es quien debe hacerse cargo.

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¿Qué pasa si el arrendador no quiere hacer las reparaciones?

“El arrendador es obligado a reembolsar al arrendatario el costo de las reparaciones indispensables no locativas que el arrendatario haga, lo anterior, siempre que el arrendatario no las haya hecho necesarias por su culpa, y que haya dado noticia al arrendador lo más pronto, para que las hiciera por su cuenta”, explicó el Ministerio de Justicia.

El inquilino puede descontar del arriendo el costo de las reparaciones, los descuentos no podrán exceder el 30 % del valor, si el costo total excede ese porcentaje, el inquilino podrá hacer descuentos periódicos hasta el 30 % del valor de la renta para completar el costo total de las reparaciones.

La Secretaría de Hábitat de Bogotá explicó que el mal estado del inmueble es una causal para terminar el contrato, de ahí que el inquilino puede “invocar la terminación del contrato de arrendamiento de manera unilateral cuando el mal estado del inmueble arrendado sea tal que impida que sea usado para su propósito en condiciones razonables”. Incluso podría solicitar una indemnización bajo ciertas condiciones.

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