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La Superintendencia de Industria y Comercio informó que formuló pliego de cargos contra Yumbo Limpio SAS; a su representante legal para la época (2016-2019), Christian Benítez Parra, y a la Alcaldía de Yumbo, Valle del Cauca, encabezada en ese momento por Carlos Alberto Bejarano Castillo. Estas personas “habrían adelantado una serie de prácticas destinadas a impedir el ingreso y limitar la competencia en igualdad de condiciones de otros prestadores interesados en el servicio de aseo en el municipio de Yumbo y por esa vía restringir la libre elección de los usuarios para escoger el prestador de su preferencia”.
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Según la Superintendencia, entre las gestiones para favorecer a Yumbo Limpio habrían incluido la “asignación irregular de los Contratos de Condiciones Uniformes y la entrega de la totalidad del catastro de usuarios del servicio del municipio” a esa empresa, con el fin de que se realizara la facturación conjunta exclusivamente a su favor.
“Lo anterior, pese a que (se) había iniciado un esquema de prestación bajo la modalidad de libre competencia, debido a la finalización del Área de Servicio Exclusivo que estuvo vigente de 2011 a 2019″, indicó la entidad.
“Con estas conductas, se habría afectado la libertad de concurrencia de otras empresas interesadas en la prestación del servicio público de aseo en el municipio de Yumbo, Valle del Cauca. Igualmente, se habría vulnerado gravemente la libertad de elección de los usuarios al no respetar las vinculaciones de estos a otras empresas prestadores del servicio y al imponerles cobros por servicios no prestados, entre otros”, señaló la SIC.
La Superintendencia informó que podrá imponer multas hasta de 100.000 salarios mínimos (más de $90.000 millones) por cada infracción al régimen de libre competencia a los agentes del mercado. A quienes colaboren, faciliten, autoricen, ejecuten o toleren las conductas anticompetitivas, hasta 2.000 salarios mínimos (más de $1.800 millones) por cada infracción.
“Contra la decisión de abrir investigación de la Delegatura para la Protección de la Competencia no procede ningún recurso”, concluyó la Súper.