Publicidad

La Dian declaró a 506 empresas como proveedores ficticios

Las empresas simulaban facturas para que sus compradores redujeran impuestos.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
19 de abril de 2021 - 03:43 p. m.
También se instauraron denuncias penales contra los compradores de costos y gastos simulados.
También se instauraron denuncias penales contra los compradores de costos y gastos simulados.
Foto: / Tomada de Twitter @jromerotarazona
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

A partir de técnicas de analítica aplicada en los procesos de fiscalización, la Dian declaró a 506 empresas a nivel nacional como proveedores ficticios por venta de facturas que corresponden a operaciones simuladas. Además, la entidad inició las acciones penales del caso ante la Fiscalía General de la Nación.

También te puede interesar: Reforma tributaria 2021: esto es lo que deben saber los colombianos

También se instauraron denuncias penales contra los compradores de costos y gastos simulados, que con esta práctica buscan disminuir sus impuestos sobre la renta y complementarios e impuesto al valor agregado (IVA). De hecho, en el caso del IVA no solo constituye evasión, sino se estaría incurriendo en peculado.

Tan solo en Bogotá 850 sociedades que no atendieron en su momento el llamado de la administración tributaria en el sentido de subsanar voluntariamente esas irregularidades, se les inició proceso de investigación y determinación de impuestos, con el fin de recuperar los tributos defraudados a la Nación.

Situación que se convierte en un agravante frente a la Fiscalía, pues en su afán de sostener las operaciones simuladas, terminan incurriendo en otros delitos.

También te puede interesar: ¿Cuál es el primer veredicto sobre la propuesta tributaria del Gobierno?

La compra y venta de costos inexistentes constituye una conducta que puede verse incursa en delitos consagrados en el Código Penal, el cual establece como delito, entre otras prácticas, no consignar las sumas recaudadas por impuesto a las ventas, inclusión de pasivos inexistentes, defraudación o evasión tributaria; así como también, delitos de falsedad, enriquecimiento ilícito de particulares y lavado de activos.

Conoce más

Temas recomendados:

 

samuel(77552)19 de abril de 2021 - 11:16 p. m.
Práctica desafortunada que no debía ser tolerada por los contadores, en el caso de empresas.
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.