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¿La hora de almuerzo hace parte de la jornada laboral y qué puede y qué no hacer una empresa

Con la reducción de la jornada laboral, muchos se preguntan hasta qué punto una empresa podría usar la hora de almuerzo para ajustar los tiempos de trabajo. Esto es lo que dice la Ley.

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Diego Ojeda
18 de julio de 2026 - 02:00 p. m.
 La hora de almuerzo no hace parte de las horas que se remuneran como jornada ordinaria, salvo que el contrato o reglamento interno indique lo contrario.
La hora de almuerzo no hace parte de las horas que se remuneran como jornada ordinaria, salvo que el contrato o reglamento interno indique lo contrario.
Foto: EFE - Carlos Ortega
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Desde el 15 de julio, la jornada laboral en Colombia se redujo de 44 a 42 horas semanales. La medida representa uno de los avances más importantes para los trabajadores en la última década, al reconocer la necesidad de lograr un mejor equilibrio entre la vida laboral y la personal, sin afectar el salario ni los derechos adquiridos.

En el debate que dio origen a esta nueva realidad laboral, impulsada por la Ley 2101 de 2021, cobró fuerza un argumento clave: trabajar más horas no necesariamente se traduce en una mayor productividad. De hecho, para ese momento Colombia era el país de la OCDE con el mayor promedio de horas trabajadas al año. Sin embargo, ocupaba el último lugar del organismo en materia de productividad.

Con estos cambios, uno de los principales desafíos para muchas empresas ha sido reorganizar las jornadas de trabajo para ajustarse a las 42 horas semanales que exige la ley. A raíz de ello, ha surgido una pregunta frecuente entre empleadores y trabajadores: ¿la hora de almuerzo puede contabilizarse dentro de la jornada laboral?

Sobre esto ya se ha pronunciado el Ministerio de Trabajo. La ha respondido esta pregunta con un rotundo no.

Para responder a esta inquietud es necesario remitirse al artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo. La norma establece que la jornada laboral debe distribuirse en, al menos, dos períodos, separados por un intervalo destinado al descanso del trabajador. Además, señala que este tiempo debe ajustarse de manera razonable a la naturaleza de las labores y a las necesidades de los empleados. En la práctica, ese intervalo suele corresponder al tiempo destinado para el almuerzo.

No obstante, el artículo es aún más explícito al señalar que “el tiempo de este descanso no se computa en la jornada”. En otras palabras, el período destinado al almuerzo o al descanso no hace parte de las 42 horas semanales de trabajo efectivo.

Según lo explicado por la firma Magneto Empleos, esto también se traduce en que la hora de almuerzo no hace parte de las horas que se remuneran como jornada ordinaria, salvo que el contrato o reglamento interno indique lo contrario.

Detalla que, si una jornada es de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. con una hora de almuerzo, en realidad se trabajan 8 horas efectivas y una hora es de descanso. “Esa hora no se paga como tiempo laborado y no cuenta para calcular horas extras”, explica.

Sin embargo, explica que sí hay casos en los que la hora del almuerzo puede contar como hora laboral.

  1. Cuando el trabajador no puede disponer libremente de su tiempo.Por ejemplo, si debe permanecer atento a llamadas, atender clientes o no puede salir del lugar de trabajo.
  2. Cuando el contrato laboral lo establece expresamente. Algunas empresas pactan jornadas continuas donde la pausa de almuerzo es corta y se considera dentro del horario.
  3. En ciertos turnos especiales o jornadas flexibles. En trabajos de vigilancia, salud o producción continua, puede haber acuerdos distintos.

Por eso es tan importante leer bien tu contrato, el reglamento interno y preguntar al área de talento humano si tienes dudas.

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