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Se levanta conmoción interior pero continuarán estos decretos económicos

Ciertos decretos publicados en el marco de la conmoción interior tendrán una prórroga de 90 días, aquí le explicamos cuáles son los que tienen una incidencia económica.

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24 de abril de 2025 - 03:42 p. m.
Presidente Gustavo Petro levantó la conmoción interior.
Presidente Gustavo Petro levantó la conmoción interior.
Foto: Presidencia
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Hoy se cumplen tres meses desde el inicio de la conmoción interior, el cual es un mecanismo constitucional que faculta al presidente de la República para reaccionar de forma ágil (vía decretos) ante situaciones de perturbación al orden público que amenacen con la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana.

Lea también: Gobierno Petro levanta conmoción interior en Catatumbo, pero mantiene algunos decretos

Según lo explicado por la Unidad de Víctimas, el estado de conmoción interior no puede durar más de 90 días (que son los que se cumplen hoy), pero se puede ampliar hasta por 180 días más (en este escenario sería el Senado quien evaluaría si es necesario).

Lo informado por Presidencia es que se levanta la conmoción interior, pero se prorrogarán, por 90 días calendario más, 11 decretos. De estos, seis tienen una incidencia económica.

Estos son los decretos económicos que se extenderán

Beneficios al sector agropecuario

El decreto 106 de 2025 establece la adopción de medidas para garantizar la producción de alimentos con financiamiento, crédito, alivio de pasivos y suspensiones de cobros judiciales en el sector agropecuario.

Con esto se busca reducir las afectaciones producto del desplazamiento producto del conflicto armado, amén de facilitar el retorno, la estabilización y la generación de ingresos de las y los campesinos, pequeños y medianos productores.

El decreto 107 de 2025 también establece la adopción de medidas para proteger las actividades agropecuarias y ganaderas, esto con el objeto de garantizar el abastecimiento alimentario y la continuidad de la producción.

Para lo anterior, los Fondos Especiales de Fomento Agropecuario de cadenas productivas con presencia en entidades territoriales destinarán el 2 % de las contribuciones parafiscales en beneficio de estas actividades productivas enmarcadas en la conmoción interior.

Prevención de acaparamiento

El decreto 108 de 2025 adopta medidas para la protección de tierras, así como la prevención de acumulación y acaparamiento en el sector agropecuario. Imparte la orden de mitigar la ocupación de bienes de campesinos, pequeños y medianos productores; el restablecimiento de los derechos y la protección de los bienes de las víctimas y demás personas en situación de desplazamiento forzoso.

Apoyo a los prestadores de servicios turísticos

El decreto 117 permite que los prestadores de servicios turísticos reciban apoyos y alivios económicos.

Estos, por ejemplo, pueden recibir recursos provenientes del Fontur a modo de auxilios, subsidios o apoyos económicos. Los dineros pueden ser usados para la recuperación de áreas afectadas y reparación de infraestructuras.

Protección al transporte público

El decreto 118 de 2025 autoriza la prestación de servicios de transporte público terrestre automotor a las empresas que se encuentren habilitadas, en las frecuencias y horarios señalados por el Ministerio de Transporte.

Acceso a servicios públicos

El decreto 121 de 2025 brinda subsidios, de hasta el 90 %, para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, en los municipios afectados por la perturbación al orden público.

Para esto, los suscriptores deben acreditar que se encuentran confinados o han sido desplazados por el conflicto armado.

Pago por erradicación voluntaria

El decreto 180 de 2025 crea un pago por la erradicación voluntaria de carácter humanitario y extraordinario condicionado a la sustitución de cultivos para la transición hacia economías lícitas.

También se brinda una exención al impuesto sobre las ventas (IVA), a los bienes y servicios enmarcados en el tránsito a economías lícitas en el Catatumbo.

“Estarán exentos del impuesto sobre las ventas (IVA), sin derecho a devolución ni compensación, los bienes y servicios importados, enajenados o suministrados en el marco de las estrategias que establezca la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos (DSCI) para facilitar la transición a una economía lícita de los núcleos familiares descritos en el artículo primero del presente decreto”, se lee en el documento.

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Usuario(63255)25 de abril de 2025 - 07:21 a. m.
Ojalá las poblaciones vulnerables se hayan beneficiado de esos decretos
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