Más de 800 empresas y personas colombianas están en la lista Clinton

Así lo reveló un informe de la Superintendencia de Sociedades, y advirtió que las compañías deben revisar si sus clientes, proveedores, administradores o empleados están sancionados por autoridades internacionales. El mayor número de reportados se encuentra en Cali, Bogotá, Medellín y Barranquilla. 

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Redacción Economía.
21 de marzo de 2018 - 01:54 p. m.
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Dentro del registro de sancionados por el departamento del tesoro de EE.UU, mejor conocido como la lista Clinton, hay un total de 829 empresas y personas domiciliadas en Colombia. 

El objetivo de esta lista negra, famosa por castigar a los carteles de la droga más grandes del mundo, es aplicar sanciones financieras e imponer vetos a las empresas o personas relacionadas con el narcotráfico y la financiación del terrorismo.

Por esta razón, la Superintendencia de Sociedades advirtió esta mañana que los empresarios nacionales deben conocer e identificar a sus clientes y proveedores, y verificar si se encuentran en esta u otras listas semejantes, para tomar las medidas legales correspondientes.       

De acuerdo con la Supersociedades, la mayor cantidad de reportados se encuentra en Cali (270), Bogotá (178), Medellín (118) y Barranquilla (63).

El informe de la Supersociedades también revela que la construcción, la minería, la agricultura, la ganadería, el comercio, el turismo, el transporte y la logística, la industria automotriz y las autopartes, el cambio de moneda, restaurantes y los textiles son algunos de los sectores económicos dónde hay más empresas registradas en la lista Clinton.

Francisco Reyes Villamizar,  superintendente de sociedades, afirmó que “el organismo, en cumplimiento de su política de supervisión por riesgos, ha identificado que entre las contingencias a las que están expuestas las compañías sujetas a su inspección, vigilancia y control, está la probabilidad de participar directa o indirectamente en actividades de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo”.

La Superintendencia, además, recordó que a finales de 2017  expidió normas actualizadas que establecen las pautas que deben cumplir las sociedades vigiladas para reportar movimientos sospechosos y evitar prácticas ilícitas. 

El Superintendente Reyes Villamizar agregó que “de acuerdo con las normas contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo, la Superintendencia de Sociedades les advierte a las compañías colombianas, a sus revisores fiscales y administradores el deber que tienen de efectuar una debida diligencia respecto de sus empleados, clientes y proveedores”.

De acuerdo con la Súper Sociedades, las empresas con las siguientes  características están obligadas a adoptar sistemas de autocontrol del lavado de activos: 

1- Las sociedades dedicadas al comercio de vehículos, sus partes, piezas y accesorios, con ingresos superiores a $101.000 millones hasta 31 de diciembre de 2017  

2- Las constructoras de edificios con ingresos iguales o superiores a $78.100 millones de pesos.

3-Las del sector inmobiliario y de explotación de minas y canteras  que obtuvieran ingresos totales o superiores a $46.800 millones a diciembre de 2017.

4- Aquellas de cualquier otro sector, sujetas a la vigilancia o control permanente de la SuperSociedades y cuyos ingresos superen los $124.900 millones.  

Por Redacción Economía.

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