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El Ministerio de Hacienda publicó un borrador de decreto con el que se busca realizar ajustes en el proceso de las ofertas públicas de adquisición (OPA) en la Bolsa de Valores.
Vale la pena mencionar que una Oferta Pública de Adquisición (OPA) es un proceso en que se ofrece abiertamente y públicamente comprar las acciones de una compañía listada en la Bolsa. El proceso debe ser lo más transparente para que los inversionistas tomen a conciencia la decisión de vender o no.
De acuerdo con el proyecto de decreto, cuando los inversionistas que tengan la calidad de beneficiario real de más del 25 % y menos del 50 % del capital con derecho a voto de la sociedad, en más de dos sociedades inscritas en el Registro Nacional de Valores y Emisores (Rnve) y en una bolsa de valores, podrían adquirir las acciones mediante un contrato de permuta.
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En dicho evento es obligatorio que los inversionistas, según el borrador, dentro del mes siguiente a la formalización del contrato de permuta, “realicen una solicitud de autorización de oferta pública de adquisición dirigida a los accionistas que no participen en dicho contrato”.
En ese caso, la OPA debe mantener el precio de intercambio y, en general, “debe garantizar las mismas condiciones que fueron aplicables a las partes del contrato de permuta”.
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