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Nuevo decreto fija las reglas para el cierre de minas en Colombia

La normativa busca la protección del medio ambiente, el respeto de los derechos de los trabajadores y la promoción de nuevas oportunidades económicas para las comunidades.

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16 de julio de 2026 - 12:00 a. m.
Según lo manifestado por el ministro Edwin Palma, cada vez que se cierra una mina hay responsabilidades con los trabajadores, las comunidades y los territorios.
Según lo manifestado por el ministro Edwin Palma, cada vez que se cierra una mina hay responsabilidades con los trabajadores, las comunidades y los territorios.
Foto: Nicolás Achury González
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El Ministerio de Minas y Energía informó que, mediante el Decreto 0742 de 2026, se reglamentó el cierre de minas en Colombia. La cartera catalogó este acto como algo sin precedentes.

Con esto se busca establecer un marco normativo para que toda actividad de minería que sea concluida cumpla con criterios de sostenibilidad ambiental, protección de los derechos laborales, responsabilidad financiera y participación de las comunidades.

“La nueva reglamentación incorpora al cierre minero como una etapa obligatoria del ciclo de vida de los proyectos, definiendo medidas administrativas, técnicas, sociales, laborales, ambientales y financieras que deberán implementarse desde la fase de explotación hasta el seguimiento posterior al cierre. También crea diferentes modalidades de cierre —progresivo, temporal, anticipado, final y cierre técnico gradual para pequeña minería y procesos de formalización—, adaptadas a las características de cada proyecto”, informa la cartera de minas.

Según lo manifestado por el ministro Edwin Palma, cada vez que se cierra una mina hay responsabilidades con los trabajadores, las comunidades y los territorios.

“La transición energética justa también significa garantizar que ningún proyecto abandone pasivos ambientales o sociales, sino que deje oportunidades para el desarrollo sostenible”, señaló.

La nueva normativa también hace un énfasis en la protección de los trabajadores, pues se exige a los empleadores planes de transición laboral, así como procesos de concertación con las organizaciones sindicales, programas de reconversión productiva, capacitaciones con el SENA y mecanismos que garanticen el pago de obligaciones laborales y de seguridad laboral.

“Por primera vez una reglamentación de cierre minero incorpora de manera expresa la protección de los derechos laborales. Garantizamos mecanismos de transición laboral, reconversión productiva, acompañamiento institucional y vigilancia para que las y los trabajadores sean protagonistas de una transición justa y no las principales víctimas del cierre de una operación minera”, puntualizó Antonio Sanguino, ministro del Trabajo.

En materia ambiental, se estableció que las áreas donde se finalice una actividad minera podrán destinarse a proyectos de restauración ecológica, conservación de la biodiversidad, producción agropecuaria sostenible, generación de energías renovables, turismo, infraestructura comunitaria y otras actividades compatibles con el desarrollo territorial.

“Con este decreto, el Gobierno nacional fortalece la gobernanza del sector minero, brinda mayor seguridad jurídica a los proyectos, protege los derechos de las comunidades y los trabajadores, y consolida un modelo de minería responsable que incorpora el cierre como parte esencial de una transición energética justa y del desarrollo sostenible del país”, concluyó el Minminas.

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